Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2016 (11/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 11 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo recomendado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en el extranjero del paciente Teniente EP Walther Brayan GONZALES CASTRO, identificado con DNI Nº 43520202, en el Hospital Johns Hopkins de la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, a fin de continuar su tratamiento médico altamente especializado, completar cuidados post operatorios, y realizar rehabilitación física; con eficacia anticipada del 01 de abril de 2016 al 30 de junio de 2016, autorizándose su retorno al país el 01 de julio de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Económica por Servicio en el Extranjero PACIENTE Teniente EP Walther Brayan GONZALES CASTRO US$ 4,812.54 (01 Abr al 30 Abr 16) US$ 4,812.54 US$ 4,812.54 (01 May al 31 May 16) US$ 4,812.54 US$ 4,812.54 (01 Jun al 30 Jun 16) US$ 4,812.54 ---------------------US$ 14,437.62 TOTAL A PAGAR US$ 14,437.62 (CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 62/100 DÓLARES AMERICANOS) Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por Comisión de Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2004 y la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG del 06 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria, prevista en el Decreto Supremo precedente, para el Año Fiscal 2016; con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en su tratamiento médico altamente especializado, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Ejército del Perú del Año Fiscal 2016. Artículo 5º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 6º.- El personal militar revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el periodo de tiempo que dure el tratamiento médico altamente especializado. Artículo 7°.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1391740-2

Autorizan ampliación de permanencia en Italia de Cadete Naval, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 167-2016-DE/MGP Lima, 10 de junio de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1855 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 9 de diciembre de 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 521-2014-DE/ MGP, de fecha 2 de octubre de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del entonces Cadete Naval de 1er. Año Fernando Giulliano Kazzaro GALIANO Mantilla, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Livorno, República Italiana, del 6 de octubre de 2014 al 30 de setiembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 4 de octubre de 2014; Que, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana, ha informado al Director General de Educación de la Marina, que el Jefe de la 6a Oficina de Coordinación Actividades Marinas Extranjeras del Estado Mayor de la Marina Italiana, ha comunicado las fechas estimadas en las cuales los Oficiales y Cadetes Navales peruanos, culminarán sus estudios en dicho país; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete Naval de 2do. Año Fernando Giulliano Kazzaro GALIANO Mantilla, para que continúe participando en el Curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Academia Naval de Livorno, República Italiana, del 1 de octubre de 2017 al 31 de enero de 2018; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá continuar con su formación y seguir adquiriendo conocimientos actualizados sobre la realidad mundial acorde a las nuevas tecnologías y amenazas que contribuyan a elevar su nivel profesional; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, es necesario autorizar su retorno al país UN (1) día después del curso, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Cadete Naval de 2do. Año Fernando Giulliano Kazzaro GALIANO Mantilla, CIP. 00195303, DNI. 70243805, para que continúe participando en el Curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Academia Naval de Livorno, República Italiana, del 1 de octubre de 2017 al 31 de enero de 2018; así como, autorizar su retorno al país el 1 de febrero de 2018.