Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2016 (11/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 11 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en FM en localidad del departamento de Huancavelica, serán otorgadas mediante concurso público
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0863-2016-MTC/28 Lima, 19 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 1424-2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD JULCAMARCASAN RADIODIFUSION SONORA ANTONIO DE FM ANTAPARCOSANTO TOMAS DE PATASECCLLA HUANCAVELICA 4 3 DEPARTAMENTO SOLICITUDES ADMITIDAS FRECUENCIAS DISPONIBLES

Autorizan a Grupo Vip Sociedad Anónima Cerrada Contratistas Generales la modificación de autorización contenida en la R.D. N° 1373-2011-MTC/15, en extremo de ubicación de local
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2638-2016-MTC/15 Lima, 30 de mayo de 2016 VISTOS: Las Hojas de Ruta N° N° E-096476-2016, E-1266232016 y E-128943-2016, presentadas por la empresa denominada GRUPO VIP SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA CONTRATISTAS GENERALES, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1373-2011MTC/15 de fecha 18 de abril de 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de mayo de 2011, se otorgó autorización a la empresa denominada GRUPO VIP SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA CONTRATISTAS GENERALES con R.U.C. N° 20524027357 y con domicilio legal en Av. Próceres de Huándoy N° 7718, 1° piso, Urbanización Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teóricos ­ prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría IIc; Que, mediante Resolución Directoral N° 27332012-MTC/15 de fecha 17 de julio de 2012, se autorizó a La Escuela, la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral N° 1373-2011-MTC/15, cambiando su domicilio en la Avenida Los Próceres N° 7712, 3er. piso, urbanización Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral N° 3780-2013MTC/15 de fecha 16 de septiembre de 2013, se autorizó a La Escuela, la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral N° 1373-2011-MTC/15, cambiando su domicilio en la Avenida Los Próceres N° 7718, 3er. piso, urbanización Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-096476-2016 de fecha 07 de abril de 2016, La Escuela solicita la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral N° 1373-2011-MTC/15, cambiando el domicilio citado en el párrafo precedente al local situado en Mariano Cornejo N° 2236, 2° y 3° piso, Mz. "A", lote 7, urbanización Santa Enma, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Oficio N° 2369-2016-MTC/15.03 de fecha 21 de abril de 2016, notificado el 26 de abril de 2016, esta Administración formuló observaciones para que se precise la información señalada en la solicitud de autorización presentada, sobre las condiciones en la infraestructura, sobre la memoria descriptiva y sobre el libro de registro de alumnos y reclamos, para lo cual en atención a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 132º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, a fin de que subsane las observaciones advertidas; Que, mediante escritos registrados con Hoja de Ruta N° E-126623-2016 de fecha 06 de mayo de 2016 y con Hoja de Ruta N° E-128943-2016 de fecha 10 de mayo de 2016, La Escuela presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el oficio antes mencionado; Que, con Oficio N° 2943-2016-MTC/15.03 de fecha 12 de mayo de 2016, notificado el mismo día, se comunica a La Escuela que la diligencia de inspección ha sido programado para el día 17 de mayo de 2016, en las instalaciones del local propuesto por la citada Escuela;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante concurso público:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD JULCAMARCA-SAN ANTONIO DE ANTAPARCOSANTO TOMAS DE PATASECCLLA DEPARTAMENTO

RADIODIFUSION SONORA

FM

HUANCAVELICA

Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1391128-1