Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2014 (28/03/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014

519781
Articulo 3º.- Alcances de la MORDAZA La presente MORDAZA regional debera ser trabajada en los niveles de educacion primaria y educacion secundaria de la Educacion Basica Regular, Educacion Basica Alternativa y Educacion Superior no Universitaria. Articulo 4°.- Del Cumplimiento y la Supervision ENCARGAR a la Gerencia Regional de Educacion, a las Direcciones de las Unidades de Gestion Educativa Local y a las Direcciones de las Instituciones Educativas velar por el estricto cumplimiento de la presente MORDAZA y realizar las correspondientes acciones de supervision para el logro de los objetivos esperados, en el presente ano escolar. Articulo 5º.- De la exhortacion a las Universidades ENCARGAR al Organo ejecutivo Regional la notificacion de la presente ordenanza regional a las Universidades Publicas y Privadas de la jurisdiccion regional, invocandolos a promover y priorizar acciones de difusion y tratamiento academico sobre las implicancias socio-economicas, politicas y culturales generadas a partir de la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia ­ Corte de la MORDAZA respecto la "Delimitacion Maritima entre Peru y Chile". Articulo 6º.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 7º.- De la Publicacion DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de marzo del 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 1067416-4

Que, el Peru desde el ano 1986 intento resolver, con negociaciones pacificas, la delimitacion maritima con nuestro MORDAZA vecino MORDAZA, quien se nego, por lo que el Peru presento esta controversia ante la Corte Internacional de Justicia en el ano 2008, siendo que el 27 de enero del presente ano, la Corte Internacional de Justicia emitio su sentencia estableciendo la delimitacion maritima, que MORDAZA para el Peru un momento importante en su historia, por lo que, este hecho historico ha generado sus impactos no solo en los gobernantes lideres sociales, politicos y demas actores de la sociedad adulta, sino tambien en los pensamientos y sentimientos de muchos ninos, ninas y adolescentes, por lo que, nos obliga a dar una mirada educativa a este acontecimiento: Que, dentro de este contexto se debe proponer toda una estrategia para la diversificacion y desarrollo curricular de las implicancias socio ­ economicas, politicas y culturales del tema en mencion, bajo el MORDAZA del respecto y reconocimiento del otro, y asi poder sentar las bases para un acercamiento bilateral de nuestros pueblos; Que, esta estrategia para la diversificacion y desarrollo curricular de las implicancias pasa por considerar NO SOLO al area de Historia, Geografia y Economia, sino buscar la mejor forma de integrar a todas las areas curriculares, para un desarrollo curricular mucho mas amplio y no limitarse solamente al conocimiento del hecho de la lectura del fallo de la Corte de la MORDAZA y sus antecedentes, sino mas bien buscar que el estudiante logre una conciencia, sentimiento y conviccion de que las relaciones con MORDAZA son buenas y que ademas la integracion economica y cultural MORDAZA mas fuerte a nuestros paises; Que, la Ley Nº 28044 / Ley General de Educacion en su articulo 13º, en concordancia con el articulo 33º, establece como factor de calidad de la educacion, contar con curriculos basicos y que estos puedan ser diversificados; por lo que, si es posible incorporar los contenidos, valores y actitudes que se relacion a las implicancias de la sentencia; Que, ademas, el D.S. N° 011-2012-ED, articulo 28, y el DCN/R.M. N° 0440-2008-ED establecen que la diversificacion curricular, ente otros criterios, a partir de las caracteristicas socio-economicas de la region, por lo que es necesario incorporar todas las implicancias del fallo De la Haya; asimismo un proposito de la educacion basica regular al 2021 es la comprension y valoracion del medio geografico, la historia, el presente y futuro de la humanidad mediante el desarrollo del pensamiento critico; Que, por estas consideraciones, y al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobierno Regionales, modificada por Ley Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053 y lo Dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, La Ordenanza Regional Nº 010 ­ MORDAZA y la Ordenanza Regional Nº 154 ­ Arequipa; SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE EL TRATAMIENTO CURRICULAR TRANSVERSAL EN TODAS LA AREAS CURRICULARES SOBRE LAS IMPLICANCIAS DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL INTERNACIONA DE JUSTICIA ­ CORTE DE LA MORDAZA RESPECTO LA "DELIMITACION MARITIMA ENTRE PERU Y CHILE" Articulo 1º.- De la Diversificacion y Desarrollo Curricular DISPONER que en el MORDAZA de Diversificacion y Desarrollo Curricular de todas las areas curriculares, las Instituciones Educativas deben priorizar los contenidos, capacidades y actitudes que permitan a los estudiantes entender y visionar las implicancias socio-economicas, politicas y culturales generadas a partir de la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia ­ Corte de la MORDAZA Corte de la MORDAZA respecto la "Delimitacion Maritima entre Peru y Chile". Debiendose procurar que en la seleccion de las estrategias metodologicas se considere acciones de extension que involucren a los padres de familia. Articulo 2º.- Finalidad La finalidad de la presente MORDAZA es poder transmitir las implicancias socio-economicas, politicas y culturales de esta sentencia, emitida por la Corte de la MORDAZA, con el objeto de lograr un acercamiento bilateral, bajo el MORDAZA del respeto y reconocimiento del otro.

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Declaran el ano 2014 como el "Ano de la Memoria por los 50 Anos de la Tragedia Ocurrida en la Mina El MORDAZA de Goyllarisquizga", en la Region Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 343-2014-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 6 de marzo de 2014.