Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2014 (28/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014

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enero de 2014, se encuentra identificada con el numero N° 001-2014, fechada el 17/01/2014. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 1067059-1

Delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 091-2014-VIVIENDA MORDAZA, 27 de marzo de 2014

VIVIENDA
Delegan facultades en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, respecto del Programa Nacional Tambos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 090-2014-VIVIENDA MORDAZA, 27 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2013VIVIENDA se constituyo el Programa Nacional Tambos, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como plataforma de prestacion de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la poblacion rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de MORDAZA, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias; Que, a efectos de contribuir a ordenar la gestion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es necesario delegar en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, las facultades senaladas en el articulo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que no MORDAZA privativas de las funciones de Ministro de Estado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegacion de facultades en el(a) Viceministro(a) de Vivienda y Urbanismo, respecto del Programa Nacional Tambos Delegar en el (la) Viceministro(a) de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, respecto del Programa Nacional Tambos, las funciones senaladas en el articulo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que no MORDAZA privativas de las funciones de Ministro de Estado. Articulo 2.- De la delegacion de facultades Las disposiciones a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso; a fin de garantizar la correcta conduccion de la gestion de los sistemas administrativos que correspondan; debiendo informar en forma semestral respecto a los resultados de la gestion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1067953-1

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura organica de los Ministerios, precisando en el ultimo parrafo de su articulo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 12 de la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en adelante la LOF del MVCS, el Ministro puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5 del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, senala que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante Resolucion, la autoridad que dicha MORDAZA le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la referida normativa; Que, segun el numeral 7.1 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente, entre otras, la citada Ley General; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40 del referido Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 077-2014VIVIENDA, se delegaron diversas funciones asignadas al Titular de la Entidad en los diversos Organos, Proyectos y Programas de este Ministerio, que no MORDAZA privativas a la funcion del Ministro de Estado; resultando necesario delegar otras funciones conforme a la estructura organica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegacion de facultades en el(la) Secretario(a) General Delegar en el(la) Secretario(a) General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la facultad de aprobar las Directivas, cuya aplicacion corresponda a mas de un organo, unidad organica, programa o proyecto del MVCS, asi como los de alcance sectorial. Articulo 2.- Delegacion de facultades en el(la) Director(a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto Delegar en el(la) Director(a) General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la facultad de aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento.