Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2014 (28/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014

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calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Los Pliegos habilitados por el presente Decreto Supremo remitiran MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion Los pliegos habilitados informaran al Ministerio de Educacion, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el numeral 11.3 del articulo 11 de la Ley Nº 30114. Articulo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1067955-3

DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 252 272 195,00), del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Locales, para financiar la ejecucion de 127 proyectos de inversion publica en infraestructura educativa, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Nacional En Nuevos Soles

010 : Ministerio de Educacion 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular PROYECTO 2145808 : Construccion y Equipamiento de Instituciones Educativas para el II Ciclo de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

252 272 195,00 --------------------TOTAL EGRESOS 252 272 195,00 En Nuevos Soles

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0091 : Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL

249 246 481,00

: Gobiernos Locales 0091 : Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

3 025 714,00 -------------------TOTAL EGRESOS 252 272 195,00

1.2 Los pliegos habilitados en la Seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo, los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas del Ministerio de Educacion a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura educativa para el Ano Fiscal 2014", que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias

Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 071-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27329 y Ley N° 29836 se declara de necesidad publica la expropiacion de inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" ­ AIJCH, a fin de realizar obras de ampliacion y mejoramiento del citado aeropuerto; siendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones el sujeto activo de la expropiacion materia de dicha Ley; Que, en el numeral 10.3 de las Bases Consolidadas de la Licitacion Publica Especial Internacional para la Concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", se establece la forma en la que deberan ser destinados los recursos provenientes de la Retribucion del Aeropuerto,