Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2014 (28/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014

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seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora: 026; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, dependiente de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 06 al 09 de MORDAZA de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion - Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (incluye TUUA) : US$ 611,15 Viaticos (por 3 dias) : US$ 1 110,00

Superintendente Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, del 6 al 11 de MORDAZA de 2014 a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos (3 dias) US$ 1,227.10 US$ 1,110.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1067931-1

EDUCACION
Autorizan viaje de funcionaria Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2014-MINEDU MORDAZA, 27 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Coordinador Tecnico del Laboratorio Latinoamericano de Evaluacion de la Calidad Educativa LLECE de la Oficina Regional de Educacion para MORDAZA Latina y El Caribe, de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO ha cursado invitacion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, dependiente de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, para participar en la XXXII Reunion de Coordinadores Nacionales del LLECE, que se llevara a cabo los dias 07 y 08 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador; Que, la referida reunion tiene por objetivos principales la revision del plan de trabajo del Tercer Estudio Regional, Corporativo y Explicativo - TERCE para el ano 2014, en especial la revision de los planes de analisis de los datos y del plan de comunicacion de sus resultados; asimismo, la revision del Plan Estrategico del LLECE (2014-2018/20152019), y en particular la revision de su financiamiento; Que, al respecto, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interes para la Institucion, resulta necesario autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, dependiente de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion; cuyos gastos de pasajes aereos y viaticos,

a

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1067954-6

ENERGIA Y MINAS
Se emiten disposiciones relacionadas con la aplicacion de las Cuotas de Hidrocarburos aprobadas mediante Decreto Supremo N° 006-2014-EM
DECRETO SUPREMO N° 009-2014-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 34 del Decreto Legislativo Nº 1126 establece un Regimen Especial para el Control de Bienes Fiscalizados, el cual comprende medidas complementarias a las establecidas en dicho Decreto Legislativo vinculadas a la comercializacion para uso artesanal o domestico de los Bienes Fiscalizados; asimismo, senala que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio del Interior se fijaran las zonas geograficas bajo este Regimen Especial; Que, el articulo 36 del Decreto Legislativo N° 1126 dispone que el Ministerio de Energia y Minas y el Ministerio