Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2014 (28/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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senalando que: i) durante los dos primeros anos, los recursos seran destinados integramente a financiar la inversion, mantenimiento y operacion de los demas aeropuertos administrados por CORPAC S.A. y que ii) a partir del tercer ano, el 80% seria destinado a este fin y el 20% restante deberia destinarse al pago del justiprecio por la expropiacion de los terrenos del AIJCH; Que, el 14 de febrero de 2001 se suscribio el Contrato de Concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de Concedente y la empresa MORDAZA Airport Partners S.R.L. en calidad de Concesionario, estableciendose en el referido Contrato la obligacion del Concedente de hacer entrega al Concesionario del area requerida para la ampliacion del citado aeropuerto; Que, el MORDAZA parrafo de la Clausula 5.23 del Contrato de Concesion del AIJCH que fue modificado con la Adenda 6 establece que "a efectos de cumplir con lo dispuesto en el citado numeral - referido a la ampliacion del aeropuerto, el Concedente se encuentra facultado a redistribuir los recursos provenientes de los ingresos generados por la concesion del AIJCH, a que se refiere el numeral 10.3 de las Bases Consolidadas de la Licitacion Publica Especial Internacional para la Concesion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez"; Que, en el MORDAZA de lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 008-2005, se autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Decreto Supremo Nº 137-2006-EF, constituir un fideicomiso con parte de los recursos provenientes de la retribucion aportada por el Concesionario del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", con el objeto de administrar los fondos destinados a la adquisicion y/o expropiacion de los terrenos necesarios para la ampliacion del citado Aeropuerto Internacional y al cofinanciamiento por parte del Estado de los aeropuertos de provincia concesionados, hecho que se concreto con el Contrato de Fideicomiso correspondiente, el 5 de enero de 2007; Que, el 11 de diciembre de 2006 se suscribio el Contrato de Concesion del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente, y la empresa Aeropuertos del Peru S.A., en calidad de Concesionario, estableciendose como obligacion del Concedente obtener el saneamiento de los predios dentro del area de cada uno de los aeropuertos concesionados, asi como pagar a favor del Concesionario un monto trimestral denominado Cofinanciamiento; Que, el 5 de enero de 2011 se suscribio el Contrato de Concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente, y la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A., en calidad de Concesionario, estableciendose como obligacion del Concedente obtener el saneamiento de los predios dentro del area de cada uno de los aeropuertos de provincia concesionados, asi como pagar a favor del Concesionario un monto trimestral denominado Cofinanciamiento; Que, de acuerdo a la informacion brindada por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, mediante el Oficio CF-00341-2014/GFCC, el saldo en el Fideicomiso de Administracion de Recursos concertado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y COFIDE, es de TRECE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 13 788 726,00) saldo que incluye lo correspondiente a la cuenta de expropiacion y cofinanciamiento; Que, los ingresos reportados al 31 de diciembre de 2013, provenientes de la retribucion entregada por el Concesionario del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", presentan un saldo de CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 45/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 141 513 242,45); Que, teniendo en cuenta el saldo existente en el Fideicomiso administrado por COFIDE, el saldo al 31 de diciembre 2013 existente en la cuenta especial de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, asi como la proyeccion de la retribucion a percibir en el curso del presente ano, durante el ano fiscal 2014 se contaria con una disponibilidad total de recursos provenientes de la retribucion del concesionario del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014

SESENTA Y OCHO Y 45/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 255 301 968,45); Que, en el MORDAZA de los Contratos de Concesion celebrados, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuara durante el ano 2014: i) acciones conexas del MORDAZA de expropiacion de los terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", ii) el cofinanciamiento de las concesiones del Primer y MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia, y iii) el saneamiento fisico-legal de predios del Primer y MORDAZA Grupo de Aeropuertos de Provincia concesionados; que demandan la suma de CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 176 985 316,00); Que, considerando la disponibilidad de recursos mencionados y las obligaciones senaladas, es necesario autorizar la incorporacion de recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, via Credito Suplementario, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 176 985 316,00); para ser destinados a los fines senalados en el considerando precedente; Que, asimismo, resulta necesario autorizar a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a abonar directamente a la cuenta recaudadora del Fideicomiso, constituido por el Decreto Supremo Nº 137-2006-EF, parte de los fondos provenientes de la retribucion por la concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", en la oportunidad y montos que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones requiera para efectuar pagos; Que, la Ley Nº 30115 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en el literal b) del articulo 6, establece que los recursos que provengan de los procesos de concesion que se orienten a financiar obligaciones previstas en los contratos de concesion o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecucion de los mismos, se incorporan en los presupuestos institucionales respectivos mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a propuesta del Titular del Pliego; De conformidad con el literal b) del articulo 6 de la Ley Nº 30115 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 176 985 316,00), a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 176 985 316,00 --------------------TOTAL INGRESOS 176 985 316,00 ============

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO : GOBIERNO CENTRAL 036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES COMUNICACIONES Y

UNIDAD EJECUTORA 001 : ADMINISTRACION GENERAL ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS (APNOP) PROYECTO 2044721 : CONCESIONES AEROPORTUARIAS