Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2019 (24/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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RESOLUCIÓN SBS Nº 1077-2019 Lima, 15 de marzo de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA:

NORMAS LEGALES

Domingo 24 de marzo de 2019 /

El Peruano

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: Las invitaciones cursadas por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión del Grupo de Trabajo del Componente II: Prácticas Comerciales y Transparencia en Mercados Financieros Innovativos y en la Reunión del Grupo de Trabajo del Componente III: Lineamientos de Regulación y Prácticas de Supervisión de Innovaciones Tecnológicas Financieras del Proyecto "Regulación para la Innovación Responsable y Competitiva del Sector Financiero", que se llevarán a cabo del 26 al 28 de marzo de 2019 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), por lo que su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema financiero en la región; Que, ASBA se encuentra desarrollando el Proyecto "Regulación para la Innovación Responsable y Competitiva del Sector Financiero" y, en el marco de dicho Proyecto, se ha conformado el Grupo de Trabajo del Componente II: Prácticas Comerciales y Transparencia en Mercados Financieros Innovativos y el Grupo de Trabajo del Componente III: Lineamientos de Regulación y Prácticas de Supervisión de Innovaciones Tecnológicas Financieras, con base en los hallazgos del primer componente del Proyecto: Identificación de Brechas y Oportunidades de Regulación y Conducta y Transparencia en Mercados Financieros; Que, el Grupo de Trabajo del Componente II: Prácticas Comerciales y Transparencia en Mercados Financieros Innovativos tiene como objetivo aportar a los procesos de innovación financiera, a través del desarrollo de lineamientos normativos mínimos de conducta y transparencia de mercado en productos financieros tecnológicos; Que, el Grupo de Trabajo del Componente III: Lineamientos de Regulación y Prácticas de Supervisión de Innovaciones Tecnológicas Financieras tiene como objetivo aportar a los procesos de innovación financiera, a través del desarrollo de lineamientos de regulación y prácticas de supervisión de innovaciones tecnológicas financieras; Que, en atención a las invitaciones cursadas, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Telmo Ricardo Barba Córdova, Supervisor Principal de Conducta de Mercado II del Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, y al señor Aldo Enrique Matsuoka Tanaka, Analista Principal de Regulación I del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que participen en los citados eventos, en su calidad de miembros de los Grupos de Trabajo del Componente II y III, respectivamente; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias

La solicitud presentada por el señor Carlos Felipe Gutiérrez Zapata para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 21 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Carlos Felipe Gutiérrez Zapata postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Carlos Felipe Gutiérrez Zapata, con matrícula número N-4663, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1752671-1

Autorizan viaje de funcionarios a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1164-2019 Lima, 20 de marzo de 2019