Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2019 (24/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 24 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: Vistos, el Oficio N° 095-2019-CPsP-CDN/DECANATO NACIONAL del Decano Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú, el Informe N° D000003-2019-MIMPDGA-NCC y la Nota N° D000008-2019-MIMP-DGA de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos; Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la autoridad competente en adopciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la institución encargada de tramitar las solicitudes de Adopción de niños o de adolescentes declarados en desprotección familiar y adoptabilidad, con las excepciones señaladas en el artículo 128 del referido Código; Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por un/a representante del Colegio de Psicólogos del Perú, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos años; Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo 1297, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018MIMP, prescribe que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas específicas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Consejo de Adopciones, establece que las entidades e instituciones comunican por escrito la designación de sus representantes que integrarán el Consejo de Adopciones (hoy Consejo Nacional de Adopciones), la que se formaliza mediante Resolución Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo Social (hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables); Que, mediante Oficio N° 095-2019-CPsP-CDN/ DECANATO NACIONAL, el Decano Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú comunica al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la designación del psicólogo FERNANDO ANTONIO LAMAS DELGADO, como representante de la mencionada institución ante el Consejo Nacional de Adopciones; Que, mediante Nota N° D000008-2019-MIMPDGA, la Dirección General de Adopciones hace suyo el Informe N° D000003-2019-MIMP-DGA-NCC en el cual se emite opinión favorable a la designación del psicólogo FERNANDO ANTONIO LAMAS DELGADO como representante del Colegio de Psicólogos del Perú, al haber cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; Que, en tal sentido, resulta pertinente formalizar la designación de la persona que se desempeñará como representante del Colegio de Psicólogos del Perú ante el Consejo Nacional de Adopciones; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Adopciones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños

y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP; el Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y, el Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la designación del psicólogo FERNANDO ANTONIO LAMAS DELGADO como representante del Colegio de Psicólogos del Perú ante el Consejo Nacional de Adopciones, por el periodo de dos años. Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Colegio de Psicólogos del Perú y a la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1753140-1

PRODUCE
Designan Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2019-PRODUCE Lima, 23 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 176-2018-PRODUCE, se designa a la señora Ofelia Rubi Rojas Zavaleta en el cargo de Directora General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla y designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Ofelia Rubi Rojas Zavaleta al cargo de Directora General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor José Edgardo Allemant Sayán, en el cargo de Director General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1753141-1