Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2019 (24/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 24 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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VISTOS, el Expediente N° 257309-2018; el Informe Nº 007-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, de la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; y el Informe N° 169-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, la optimización de la oferta educativa conlleva a la ejecución de los procesos de reorganización, fusión, escisión, cierre o creación, entre otros, de Institutos de Educación Superior (IES) o Escuelas de Educación Superior (EES), así como de sus filiales y programas de estudios de educación superior. En los IES públicos estos procesos son autorizados por el Organismo de Gestión de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica Públicos (Educatec) y en las EES públicas son autorizadas por resolución ministerial del Ministerio de Educación (Minedu), quien emite las normas correspondientes que contengan los lineamientos para orientar los procesos señalados y para el fortalecimiento de la oferta educativa; Que, el artículo 71 del Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, señala que el Minedu emite las normas que regulan los procesos de optimización, a fin de fortalecer la oferta educativa. Asimismo, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento indica que el proceso de optimización se realiza de manera progresiva y por regiones, de acuerdo con las normas que apruebe el Minedu. Agrega que en tanto no se implemente el Educatec, el proceso de optimización dispuesto en la Ley N° 30512 y su Reglamento, es ejecutado por el Minedu, de manera articulada con los Gobiernos Regionales a través de sus Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces; Que, mediante el Oficio N° 040-2019-MINEDU/VMGPDIGESUTPA la Dirección General de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 007-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, elaborado por la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente de la referida Dirección General, el mismo que sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que definen, estructuran y organizan el proceso de optimización de la oferta educativa de la Educación Superior Tecnológica Pública", la misma que tiene como finalidad garantizar que todas las personas cuenten con la oportunidad de acceder a una educación superior tecnológica de calidad, pertinente y sostenible, mediante la implementación del proceso de optimización de la oferta educativa de la Educación Superior Tecnológica Pública a nivel nacional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30512 y su Reglamento; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que definen, estructuran y organizan el proceso de optimización de la oferta educativa de la Educación Superior Tecnológica Pública", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1753091-5

INTERIOR
Designan Directora de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2019-IN Lima, 22 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1068-2017IN, de fecha 24 de octubre 2017, se designa al señor Javier Ernesto Ruiz-Eldredge Vargas, en el cargo público de Director de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior; Que, el citado servidor ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada, y por razones de servicio resulta necesario designar a la servidora pública que asuma el mencionado cargo de libre designación y remoción; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Javier Ernesto Ruiz-Eldredge Vargas al cargo público de Director de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Úrsula Verónica Rondón Valero, en el cargo público de Directora de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1753113-1