Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

350794

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007

GR, la Gerencia de Rentas propone la aprobacion de un Procedimiento para la condonacion de Deudas Tributarias y No Tributarias por estado de riesgo social, para aquellos contribuyentes, que objetivamente se demuestre que no pueden efectuar el pago de sus obligaciones pendientes para con la Municipalidad de La MORDAZA, informe que cuenta con la conformidad de las Gerencias de Bienestar Social y Asesoria Juridica; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Distrital de La MORDAZA por unanimidad y con dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA CONDONACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR ESTADO DE RIESGO SOCIAL Articulo 1º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer el procedimiento para la condonacion de Deudas Tributarias y no Tributarias por estado de riesgo social. Articulo 2º.- Definicion de riesgo social Para efectos de la aplicacion de la presente Ordenanza se entiende por riesgo social, la situacion economica precaria, asi como la imposibilidad de revertirla en el corto plazo, y que implique una inminente exclusion social por indigencia. Articulo 3º.- Ambito de aplicacion y sujetos comprendidos Podran acogerse al presente procedimiento de condonacion por riesgo social todas las personas naturales, sociedades coyungales o sucesiones indivisas, propietarias de un solo predio dedicado a MORDAZA habitacion ubicado dentro de la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, que se encuentren en situacion de riesgo social, de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Deuda comprendida La condonacion por riesgo social comprende los siguientes conceptos: 1. Deuda Insoluta e intereses moratorios de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. 2. El interes moratorio del Impuesto Predial hasta el ano 2006. 3. Deuda Insoluta e intereses moratorios de las Multas Tributarias 4. Los gastos y costas coactivos originados por la cobranza de la deuda MORDAZA indicada. 5. La deuda no tributaria constituida por las Resoluciones de Multa Administrativa. Articulo 5º.- Criterios para la condonacion de las deudas tributarias y no tributarias por riesgo social. Con la finalidad de evaluar las solicitudes, la Gerencia de Bienestar Social tomara en cuenta los siguientes criterios: 1. Ingreso per capita familiar. 2. Numero de personas en el hogar 3. Nivel de empleo de las personas que habitan en el hogar 4. Nivel de educacion de las personas que habitan en el hogar 5. Estado de salud del solicitante y/o sus dependientes 6. Consumo de energia electrica familiar. Articulo 6º.- Requisitos Para poder lograr la condonacion es necesaria la concurrencia de la totalidad de los siguientes requisitos:

a) Ser persona natural, sociedad conyugal o sucesion indivisa con una unica propiedad en la provincia de MORDAZA, destinada a MORDAZA habitacion. b) El domicilio fiscal debe coincidir con el domicilio registrado para el Impuesto Predial. c) El consumo de energia electrica del ultimo mes no debe ser superior a la tarifa minima residencial establecida por la empresa proveedora, de ser el caso, de acuerdo a la facturacion de la misma. d) El autoavaluo debe ser no mayor a 5 UIT e) El contribuyente no debe poseer capacidad contributiva, entendiendo como tal la incapacidad comprobada del pago de sus tributos del ejercicio precedente. Articulo 7º.- Procedimiento a) El contribuyente presentara ante la Gerencia de Bienestar Social, una solicitud para la calificacion de contribuyente en estado de riesgo social. b) La Gerencia de Bienestar Social solicitara a la Gerencia de Rentas un informe tecnico en el cual se indique si el recurrente cumple con los requisitos previstos en los incisos b), d) y e) del articulo precedente, asi como el estado de la deuda del recurrente y su importe. Dicho informe debera ser elaborado y remitido a la Gerencia requirente en un plazo de 10 dias habiles contados desde el dia siguiente de su recepcion. c) En forma paralela la Gerencia Bienestar Social emitira un informe socio economico del solicitante, en donde se considere los criterios y requisitos establecidos en los articulos 5º y los incisos a), c) y f) del articulo 6º de la presente Ordenanza. d) La Gerencia de Bienestar Social, en base a su informe y al remitido por la Gerencia de Rentas, emitira en un plazo no mayor de 20 dias habiles contados desde la MORDAZA de la solicitud, la Resolucion que declare favorable, favorable en parte o desfavorable el requerimiento presentado. La citada Resolucion, necesariamente tendra que precisar la deuda y el periodo por el cual se concede la condonacion, de ser el caso. e) En caso de ser declarada la solicitud favorable o favorable en parte, la Gerencia de Bienestar Social, debera remitir a la Gerencia de Rentas en un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, MORDAZA de la misma, para que esta MORDAZA proceda a ejecutar la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultar al senor MORDAZA para que a traves de Decreto de Alcaldia dicte medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Encarguese a las Gerencias de Bienestar Social y Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 92098-2

Regulan atencion preferente a personas con discapacidad, embarazadas, ninos y adultos mayores en establecimientos ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 020-07/MDLV La MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en la Sesion Ordinaria de fecha 26 de MORDAZA de 2007, el Dictamen Nº 009-CPBS/CPPPAL/MDLV de