Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

350779

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo la funcion normativa, la que se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme se establece en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el ultimo parrafo del Articulo 41º del Codigo Tributario, establece que, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, segun lo dispone el articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar, la cual podra constituir la base para la determinacion de la obligacion tributaria. Que, de acuerdo con el inciso c) del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada cuando asi lo determine la administracion tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin. Que, en el ano 1999 se llevo a cabo una declaracion jurada masiva de predios, procedimiento que sirvio para la actualizacion de los niveles, caracteristicas y de obras complementarias conformantes de la Base Imponible para la determinacion del Impuesto Predial. Que, el distrito de Ate, se configura como un conglomerado de predios y/o agrupaciones destinados a vivienda y otros usos, en MORDAZA de crecimiento, situacion que motiva que se este produciendo constantemente nuevas construcciones, asi como modificaciones de las existentes. Que, a la fecha han transcurrido ocho (8) anos desde el procedimiento de la declaracion jurada masiva, senalada en los parrafos precedentes, situacion por la que se hace necesario llevar a cabo un MORDAZA de induccion, tendiente al registro y/o actualizacion de los predios afectos al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la jurisdiccion de Ate, MORDAZA que amerita la MORDAZA de una Declaracion Jurada. Que, en este orden de ideas resulta necesario establecer el plazo y modalidad para cumplir con la obligacion que se establezca en la presente Ordenanza. Que, dentro de los lineamientos disenados por la presente Administracion, se encuentra el ordenamiento y formalizacion progresiva de las obligaciones tributarias formales a las que se encuentran obligados los vecinos de la jurisdiccion del distrito de Ate, motivo por el cual resulta necesario el otorgamiento de facilidades para el saneamiento de las mismas. Que, en este contexto, los contribuyentes que se encuentren en calidad de omisos y/o subvaluadores, es decir que, no hayan inscrito su propiedad o no hayan actualizado la cantidad de niveles, categorias, areas construidas y/o obras complementarias; se les condonara los intereses moratorios que se hayan generado producto del no pago correcto de sus obligaciones, asi como la condonacion de las multas tributarias, esto ultimo siempre y cuando la regularizacion se produzca dentro de la vigencia de la presente ordenanza; motivo por el cual resulta necesario la expedicion de la MORDAZA que ampare tal procedimiento. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA DE INDUCCION A LA MORDAZA DE LA DECLARACION JURADA DE PREDIOS "ACTUALIZATE" Articulo 1º.- Establezcase el programa de induccion a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Predios "ActualizATE", para los propietarios de los mismos, ubicados en la jurisdiccion del distrito de Ate. Articulo 2º.- Los datos que deben registrarse y/o actualizarse se refieren a las areas de terreno, areas construidas, categorias, usos y obras complementarias. Articulo 3º.- Apruebese los formatos de Induccion y Obras Complementarias, los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente ordenanza y que seran suministrados por la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, en forma gratuita. Articulo 4º.- Condonese el 100% del monto de las multas tributarias generadas hasta la entrada en vigencia del presente beneficio, entendiendose las multas referidas a las infracciones tipificadas en los articulos 176º y 178º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, siendo requisito que el contribuyentes subsane el hecho que dio origen a la sancion dentro del plazo que establece la presente Ordenanza. Articulo 5º.- El plazo del beneficio otorgado a traves del Programa de Induccion a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Predios "ActualizATE", asi como los procedimientos a que contrae el presente dispositivo, tendra como plazo del 6 al 29 de agosto del 2007. Articulo 6º.- La Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate, realizara las acciones concernientes a una adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza para lo cual contara con el apoyo de Secretaria de Imagen Institucional para la adecuada difusion, asi como de las demas areas de la Municipalidad en lo que le fuera pertinente. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 92118-2

Regulan Procedimientos de Autorizacion Municipal vinculados al funcionamiento de Establecimientos en el distrito de Ate
ORDENANZA Nº 159-MDA Ate, 1 de agosto de 2007 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 1 de agosto del 2007, visto el Dictamen Nº 002-MDA-CSPyDE-2007 de la Comision de Servicios Publicos Locales y Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607 senala que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972.