Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007

Que, el articulo 75º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, senala que son deberes de las autoridades respecto al procedimiento velar por la eficiencia de las actuaciones procedimentales, procurando la simplificacion en sus tramites, asi como resolver explicitamente todas las solicitudes presentadas salvo en aquellos procedimientos de aprobacion automatica. Que, las Municipalidades Distritales cuando les corresponda conforme a Ley, son las encargadas de evaluar las solicitudes y otorgar las licencias de funcionamiento, asi como de fiscalizar las mismas y aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo con las competencias previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, con fecha 5 de febrero del 2007 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, cuya finalidad es establecer el MORDAZA Juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida por las Municipalidades. Que, con fecha 4 de agosto del ano en curso entra en vigencia la Ley acotada en el considerando precedente, por lo que se ha procedido a elaborar el proyecto de Ordenanza que se adecua a la misma, cuya finalidad es establecer el MORDAZA juridico normativo que regula los aspectos tecnicos y administrativos para la obtencion, cese y cancelacion de la Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de actividades economicas en el distrito de Ate. Que, asimismo los procedimientos objeto de regulacion en la presente Ordenanza se rigen en todas sus etapas por los principios de Simplificacion Administrativa contemplados en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, con especial enfasis en los Principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores, los mismos deberan ser incorporados al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, vigente de la Municipalidad de Ate. Que, mediante Ordenanza Nº 110-MDA de fecha 28 de febrero del 2006 se Regula los aspectos tecnicos y administrativos para la obtencion, modificacion, renovacion y revocacion de la Autorizacion y Licencia Municipal de Funcionamiento que otorga la Municipalidad de Ate para los establecimientos comerciales, industriales, profesionales y/o de servicios en el distrito de Ate, modificada por decreto de Alcaldia Nº 035 de fecha 29 de septiembre del 2006 y Decreto de Alcaldia Nº 044 de fecha 3 de noviembre del 2006, respectivamente. Que, con fecha 25 de febrero del 2006, se ha dado el Decreto de Alcaldia Nº 005, que prohibe otorgar licencia a establecimientos dedicados al funcionamiento de bares, cantinas, discotecas, MORDAZA de videojuegos, billar y similares, que esten ubicados a una distancia menor de ciento cincuenta (150) metros lineales de Centros de Salud, MORDAZA, Universidades, Escuelas, Institutos y Academias. Que, la presente Ordenanza se sustenta en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, Ordenanza Nº 051-MDA que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, Ordenanza Nº 153-MDA que aprueba la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Ate. Que, el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar, derogar o modificar ordenanzas municipales. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º, Numeral 8) y el articulo 79º inciso 3, numeral 3.6.1 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACION MUNICIPAL VINCULADOS AL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS EN EL DISTRITO DE ATE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS Articulo 1º - FINALIDAD Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el MORDAZA juridico normativo que regula los aspectos tecnicos y administrativos para la obtencion, procedimientos alternos, cese y cancelacion de la Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de actividades economicas en el distrito de Ate. Igualmente, se encuentran comprendidos aspectos concernientes a la obtencion del Certificado de Seguridad en Defensa Civil que emite la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad de Ate, vinculado con las Autorizaciones senaladas en el parrafo anterior. Articulo 2º - BASE LEGAL La presente Ordenanza se sustenta en las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 154-MDA del 26 de junio de 2007, Ordenanza Nº 110-MDA del 5 de marzo de 2006 que regula la Autorizacion y Licencia Municipal para el Funcionamiento de Locales Comerciales, Industriales, Profesionales y/o de Servicios en el distrito, Decreto de Alcaldia Nº 005-MDA del 7 de marzo de 2004 que prohibe el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento a bares, cantinas, discotecas, MORDAZA de videojuego, billar y similares y, Ordenanza Nº 153-MDA del 26 de Junio de 2007, que aprueba la Estructura Organica y el Reglamento Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Ate. Articulo 3º - OBJETIVOS Constituyen objetivos que orientan el presente cuerpo normativo: a) Promover el desarrollo empresarial de las actividades economicas de indole comercial, industrial y/o profesional en el distrito; b) Promover la formalizacion de las micro, pequenas y medianas empresas en el distrito de Ate; c) Flexibilizar, simplificar, dotar de transparencia y celeridad a los procedimientos que son objeto de regulacion en la presente Ordenanza, sin menoscabo de las normas tecnicas de seguridad; d) Mejorar la calidad de los servicios administrativos municipales prestados en beneficio de los agentes economicos y de la comunidad en su conjunto; y, e) Fomentar el desarrollo de una cultura de prevencion en el distrito, mediante el cumplimiento real y oportuno de las normas de Seguridad en Defensa Civil, a fin de proteger la seguridad fisica y patrimonio de la poblacion, conforme a lo establecido por el Decreto Ley 19338, Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil. Articulo 4º AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza rige en el ambito territorial de la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo 5º PRINCIPIOS APLICABLES Los procedimientos objeto de regulacion en la presente Ordenanza se rigen en todas sus etapas por los principios de simplificacion administrativa contemplados en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,