Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007
Codigo Infraccion MORDAZA de Infraccion

NORMAS LEGALES
Medida Cautelar Sancion

350739
Determinacion de la sancion (multas en UIT) Tratandose de barcos atuneros: 20 UIT. Capacidad de bodega en m3 x factor del recurso, en UIT.

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Transbordar el producto de la pesca o disponer de el sin previa autorizacion MORDAZA de llegar a puerto. Realizar faenas de pesca sin contar con medios o sistemas de preservacion abordo, o tenerlos total o parcialmente inoperativos, cuando conforme a la normativa pesquera estos son exigidos. La construccion en el MORDAZA o el internamiento de embarcaciones pesqueras de mayor o menor escala de bandera nacional, destinadas a realizar faenas de pesca, sin contar con la autorizacion previa de incremento de flota, asi como la construccion de embarcaciones artesanales durante periodos de prohibicion. Incrementar la bodega de la embarcacion pesquera sin contar con la autorizacion correspondiente.

No

Multa

0.25 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT

No

Multa

Grave

Inmovilizacion de la embarcacion hasta que regularice su situacion legal.

Inmovilizacion y Multa

E/P de menor escala: 2.5 UIT. E/P de mayor escala de MORDAZA o fibra de vidrio: 10 UIT. E/P de mayor escala de metal: 20 UIT. E/P artesanales menores de 12 m. de eslora, 4 m. de manga, 1.80 m. de puntal o 10 m3 de capacidad de bodega: 1 UIT. E/P artesanales cuyas caracteristicas MORDAZA iguales o mayores a 12 m. de eslora, 4 m. de manga, 1.80 de puntal o 10 m3 de capacidad de bodega: 2 UIT.

Capacidad total de bodega en m3 x 0.5 UIT. Suspension del permiso de pesca hasta que regularice su situacion legal. Multa y Suspension Suspension de diez (10) dias efectivos de pesca y la reduccion de la capacidad de bodega. Como medida correctiva, el armador esta obligado a presentar un MORDAZA certificado de arqueo de la embarcacion expedido por la Autoridad Maritima, debiendo asumir los costos correspondientes. 13.1 En caso de no contar con el SISESAT a bordo : Suspension del permiso de pesca por quince (15) dias efectivos de pesca. 13.2 En caso de tener a bordo el equipo SISESAT pero en estado inoperativo : Suspension del permiso de pesca por doce (12) dias efectivos de pesca. 13.3 Tratandose de embarcaciones pesqueras extranjeras: Decomiso y Multa a) Si no cuenta con SISESAT instalado: 20 UIT. b) En caso de no tenerlo operativo: 10 UIT. Cancelacion del permiso de pesca. Grave Inmovilizacion de la embarcacion pesquera Cancelacion

Grave

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Realizar faenas de pesca sin contar con el correspondiente sistema de seguimiento satelital o con este en estado inoperativo.

Grave

Decomiso y Suspension del permiso por cinco (5) dias efectivos de pesca y hasta que regularice la instalacion y funcionamiento del SISESAT

Decomiso y Suspension

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Instalar el equipo del SISESAT en otra embarcacion, plataforma o instalacion, emitiendo senales de posicionamiento falsas. Presentar velocidades de pesca y rumbo no MORDAZA por un intervalo mayor de 2 horas, en areas reservadas o prohibidas o restringidas, de acuerdo a la informacion presentada por el SISESAT. No cumplir con instalar los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital en las embarcaciones pesqueras que se incorporan al control satelital. No comunicar a la DIGSECOVI : a) Las fallas, averias, desperfectos o cualquier circunstancia que impiden el adecuado funcionamiento de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital durante la permanencia en puerto, zarpe, faena de pesca y travesia de la embarcacion pesquera, dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el suceso. b) El ingreso de la embarcacion a reparacion o mantenimiento que implique la necesidad de desconectar los equipos de seguimiento satelital. Manipular, impedir o distorsionar por cualquier medio o acto, la transmision y operatividad de los equipos del SISESAT, o privar por cualquier medio de la alimentacion electrica externa a estos equipos instalados a bordo de manera tal que se interrumpa la transmision

Suspension del permiso por quince (15) dias efectivos de pesca.

No

Suspension

Suspension del permiso de pesca hasta que regularice la instalacion y funcionamiento del SISESAT

Suspension del permiso de pesca por tres (3) dias efectivos de pesca. Suspension

4 UIT.

No

Multa

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Grave

Suspension del permiso de pesca por seis (6) dias efectivos de pesca

18.1 En caso de manipular, distorsionar o interferir las senales de posicionamiento del SISESAT : Suspension Suspension del permiso por quince (15) dias efectivos de pesca

18.2 En caso de interrumpir las senales de posicionamiento del SISESAT por un intervalo mayor de dos (2) horas operando fuera