Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007
Codigo Infraccion MORDAZA de Infraccion Grave

NORMAS LEGALES
Medida Cautelar Decomiso y Suspension del permiso por quince (15) dias efectivos de pesca. Sancion Decomiso, Multa y Suspension

350737
Determinacion de la sancion (multas en UIT) 4 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Tratandose de embarcaciones que no registraron descargas, la multa se aplicara de acuerdo a lo siguiente : capacidad total de bodega en metros cubicos x factor del recurso, en UIT. Suspension del permiso por treinta (30) dias efectivos de pesca. 2.4 Realizar actividades pesqueras artesanales de cerco dentro de las 5 millas de costa frente al litoral de la Region Tumbes : Suspension del permiso por veinte (20) dias efectivos de pesca. 2.5 Tratandose de una MORDAZA vez dentro del ano :

Grave

Suspension del permiso por veinte (20) dias efectivos de pesca.

Suspension

Grave

Inmovilizacion de la embarcacion.

Cancelacion de la inscripcion

3

Destinar el producto de la actividad extractiva a un fin no autorizado. Procesar o comercializar recursos hidrobiologicos o productos no autorizados.

No

Multa

Cancelacion de la inscripcion en el listado de embarcaciones habilitadas para operar en la Region Tumbes. Destinar el recurso hidrobiologico de la actividad extractiva a un fin no autorizado (RR.HH. para CHD destinarlo al CHI): 2 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT. 2 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

4

Decomiso

Decomiso y Multa

5

6

Extraer, procesar, comercializar, transportar o almacenar: a) Especies legalmente protegidas, b) Especies amazonicas protegidas. Extraer, descargar, procesar, comercializar, transportar y/o almacenar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA, asi como la utilizacion de los mismos en la preparacion y expendio de alimentos o exceder los porcentajes establecidos de captura de ejemplares en tallas o pesos menores y los de la captura de las especies asociadas o dependientes.

En el caso que el recurso o producto no cuente con el factor correspondiente, se aplicara el valor comercial promedio de los puntos de desembarque. 5.1 En caso de especies legalmente protegidas : 2 UIT por cada especimen del recurso. 5.2 En caso de especies amazonicas protegidas : 3 x (valor del recurso). 6.1 Extraer o descargar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA : 4 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

Grave

Decomiso

Decomiso y Multa

Grave

Decomiso

Decomiso, Multa y Suspension

Suspension del permiso de pesca por tres (3) dias efectivos de pesca.

6.2 Procesar recursos hidrobiologicos declarados en veda: Grave Decomiso Decomiso, Multa y Suspension 4 x Cantidad de recurso en t. x factor del recurso, en UIT Suspension de la licencia de operacion por dias (3) dias efectivos de procesamiento 6.3 Almacenar, comercializar o transportar recursos hidrobiologicos declarados en veda. 6.4 Utilizar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA en la preparacion y expendio de alimentos o almacenarlos para este fin: Tratandose de cantidades menores a 10 Kg. : 0.5 UIT Tratandose de cantidades iguales o mayores a 10 Kg: 1 UIT 6.5 Extraer, procesar, comercializar o transportar recursos hidrobiologicos en tallas o pesos menores a los establecidos: (cantidad de recurso en exceso en t. x factor del recurso) en UIT. Cuando se trate del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, y se cometa la infraccion por primera vez en cada temporada de pesca, se aplicara la siguiente multa: 0.5 x (cantidad de recurso en exceso en t. x factor del recurso) en UIT. 6.6 Extraer, procesar, comercializar o transportar, recursos hidrobiologicos en tallas o pesos menores de especies del ROP de la Amazonia: 3 x (valor del recurso). 6.7 Tratandose de la captura de especies asociadas o dependientes superando los porcentajes de tolerancia: No Multa Cantidad de recurso en exceso en t. x factor del recurso, en UIT. 6.8 Descargar recursos hidrobiologicos MORDAZA de la hora fijada en la resolucion ministerial que dispone el inicio de las actividades extractivas; asi como, descargar despues de la hora limite fijada en la resolucion ministerial que dispone el termino de las actividades extractivas. 2 x (cantidad del recurso extraido en t x factor del recurso) en UIT 6.9 Extraer recursos hidrobiologicos provenientes de bancos

Decomiso Decomiso

Decomiso Decomiso y Multa

Decomiso

Decomiso y Multa

Decomiso

Decomiso y Multa

No

Multa

Decomiso