Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2007 (04/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

350763

dispuesto en el articulo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N-3893 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros de MORDAZA Generales, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 91559-1

comprendida en el "Reporte Crediticio de Deudores RCD", Anexo N° 6 del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. 3. Correccion y comunicacion de errores en el RCD a la Superintendencia Las empresas, luego de haber declarado procedente un reclamo presentado por su cliente en relacion a la informacion reportada en el RCD, o a traves de la Superintendencia, contaran con un plazo de cinco (05) dias utiles para: a) Proceder a corregir su base de datos cuando los errores esten referidos a saldos o calificacion del deudor o cualquier otro distinto de aquellos comprendidos en b). b) Proceder a comunicar por escrito a la Superintendencia en caso se trate de errores referidos a identificacion y/o codigo del deudor. Para la situacion indicada en el literal a) precedente, en la cual corresponde a la entidad realizar las rectificaciones directamente, dentro del mismo plazo para las correcciones, la empresa debera comunicar tal hecho a la Superintendencia. Para este efecto y con el fin que las rectificaciones MORDAZA incorporadas en la Central de Riesgos de esta Superintendencia, las empresas deberan utilizar el correspondiente aplicativo informatico que establezca este organismo de supervision, tal como se ha determinado mediante Oficio Multiple N° 1399-2007-SBS del 24 de enero de 2007. Tratandose de la situacion comprendida en el literal b), dentro del mismo plazo para las correcciones, la empresa debera remitir una comunicacion escrita solicitando que las rectificaciones MORDAZA incorporadas en la Central de Riesgos de la Superintendencia, indicando el nombre del cliente, la fecha en la que se declaro procedente el reclamo y la correccion referida a la identificacion y/o codigo del deudor, segun corresponda. 4. Aplicacion de sanciones Cualquier infraccion a la presente MORDAZA MORDAZA lugar a la aplicacion de las sanciones contenidas en el Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. 5. Vigencia La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual queda derogada la Circular B-2139-2004, F-0479-2004, CM-0326-2004, CR-0195-2004, EAF-0224-2004, EDPYME-0112-2004, FOGAPI-0023-2004 del 28 de diciembre de 2004. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 91546-1

Aprueban Circular sobre correccion de errores en la informacion comprendida en el "Reporte Crediticio de Deudores - RCD" y Comunicacion a la Superintendencia
CIRCULAR Nº B-2166- 2007 FCMCREAFEDPYMEFOGAPIEAHRef.: 0506- 2007 0353- 2007 0222- 2007 0236 - 2007 0127 - 2007 0029 - 2007 0002 - 2007

Correccion de errores en la informacion comprendida en el "Reporte Crediticio de Deudores- RCD" y Comunicacion a la Superintendencia

MORDAZA, 1 de agosto de 2007 Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las facultades conferidas por los articulos 158° y 159° y por los numerales 2 y 9 del articulo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, y con la finalidad de promover una mayor transparencia y mejor administracion del riesgo crediticio, este Organo de Control ha considerado pertinente disponer lo siguiente: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas senaladas en los literales A y B del articulo 16º de la Ley General, al Banco de la Nacion, al Banco Agropecuario, a la Corporacion Financiera de Desarrollo (COFIDE), al Fondo Mivivienda S.A. y al Fondo de Garantia para Prestamos a la Pequena Industria (FOGAPI), en adelante empresas, siempre que presenten a esta Superintendencia el Reporte Crediticio de Deudores - RCD. 2. Finalidad La presente MORDAZA tiene por finalidad promover una mayor transparencia y una mejor administracion del riesgo crediticio mediante el adecuado registro de la informacion

UNIVERSIDADES
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA MORDAZA RECTORADO RESOLUCION Nº 423-2007-R-UNAS Tingo MORDAZA, 27 de junio de 2007 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA;