Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2019 (27/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Miércoles 27 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la señora Sol Hillary Refulio Chamorro, con matricula número N-4573, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1753170-1

estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Lourdes Sabina Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación I del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 28 de marzo al 06 de abril de 2019 a la ciudad de Beijing, República Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 847,99 3 000,00

Autorizan viaje de funcionaria a la República Popular China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1165-2019 Lima, 20 de marzo de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación cursada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en las Negociaciones para la Optimización del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre la República del Perú y la República Popular China y en la Segunda Reunión de la Comisión de Libre Comercio del TLC Perú-China, que se llevará a cabo del 01 al 04 de abril de 2019 en la ciudad de Beijing, República Popular China; CONSIDERANDO: Que, durante el año 2008, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) participó en la negociación del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre la República del Perú y la República Popular China, suscrito el 28 de abril de 2009 y vigente desde el 01 de marzo de 2010; Que, es importante la participación de la SBS en el ajuste o modificación de este TLC para su optimización, específicamente, en el capítulo de comercio de servicios financieros, que es el ámbito de competencia de esta Superintendencia; Que, la Segunda Reunión de la Comisión de Libre Comercio del TLC Perú-China tiene como objetivo principal supervisar el cumplimiento y la correcta aplicación del acuerdo, entre otros; Que, en ese sentido, siendo de interés nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar a la señorita Lourdes Sabina Poma Cañazaca, Analista Principal de Regulación I del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia, integre la Delegación Peruana que participará en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019,

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1752314-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General destinada a financiar contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 040-2019-P/TC Lima, 21 de marzo de 2019 VISTOS La Resolución Nº 189-2018-P/TC, el Oficio Nº 00324-2019-CG/DC, el Informe Nº 050-2019-OP/TC y el Memorando Nº 030-2019-DIGA/TC, del 11 de octubre de