Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2019 (27/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 27 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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de Lima, así como la credencial otorgada mediante la Resolución Nº 0385-2018-JNE, del 19 de junio de 2018, a Badimilo Ignacio Jorge Zanabria, con la que asumió, provisionalmente, el cargo de regidor de la citada comuna edil. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Badimilo Ignacio Jorge Zanabria, identificado con DNI Nº 09041373, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para tal efecto se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1753867-1

1203-2018-P-CSJAP/PJ, el cual fue recibido en esta sede electoral el 22 de noviembre de 2018 (fojas 9), al que adjuntó, entre otros documentos, copia certificada de los siguientes: a) Resolución Número 17, de fecha 4 de octubre de 2018 (fojas 24 a 92), emitida en el Expediente Nº 00649-2018-50-0301-JR-PE-04, por medio de la cual el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Abancay del citado distrito judicial declaró fundado en parte el requerimiento de prisión preventiva efectuado por el representante del Ministerio Público en contra de Jaime Ernesto Caichihua, por el término de dieciocho meses, en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión agravada. Asimismo dispuso que se cursen los oficios correspondientes con el propósito de lograr la inmediata ubicación y captura de la cuestionada autoridad municipal, una vez se hagan efectivos los oficios cursados al INPE. b) Informe Nº 45-2018-SPA, de fecha 13 de noviembre de 2018 (fojas 11), emitido por Abraham Palomino Catacora, especialista judicial de Sala, mediante el cual informa que la autoridad edil cuestionada interpuso recurso impugnatorio contra la Resolución Nº 17 el cual fue concedido por Resolución Nº 21; asimismo, mediante Resolución Nº 22, se fijó fecha y hora para la audiencia de apelación de prisión preventiva. Respecto a la causal de suspensión por contar con mandato de detención 1. El proceso de suspensión tiene por finalidad apartar temporalmente, al alcalde o regidor del cargo público para el que fue elegido en un proceso electoral, por haber incurrido en alguna de las causales señaladas en el artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Así, se advierte que uno de los supuestos frente a los que procede la suspensión, contenida en el numeral 3 de la citada norma, es la existencia de un mandato de detención vigente, es decir, que el órgano jurisdiccional penal haya dispuesto una medida de coerción procesal, como la prisión preventiva, que limita la libertad física de la autoridad. 3. Ahora bien, la razón de la norma es garantizar la gobernabilidad y la estabilidad social, que pueden verse afectadas cuando la autoridad edil no pueda ejercer materialmente sus funciones por estar privada de su libertad o porque pesa una orden de captura en su contra, aunque esta medida sea provisional. 4. Sobre el particular, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ha considerado que basta con que el mandato de detención haya sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspensión, situación en la que no es determinante que el mandato se encuentre firme. Este criterio se expuso en las Resoluciones N.os 931-2012-JNE, 932-2012-JNE, 928-2012-JNE y 11292012-JNE. Análisis del caso concreto 5. Respecto de la situación jurídica de Jaime Ernesto Jiménez Caichihua, de autos se observa que, por medio de la Resolución Número 17, del 4 de octubre de 2018, el órgano judicial penal le impuso la medida de prisión preventiva por el plazo de dieciocho meses, en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión agravada, al que se refiere el artículo 384 del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Tintay. 6. Por esta razón, en la Sesión Extraordinaria, del 22 de octubre de 2018 (fojas 2 a 4), se acordó por unanimidad encargar las funciones de alcaldía a Orlando Salcedo Alarcón. 7. En tal sentido, este Supremo Tribunal Electoral, en cumplimiento de su deber constitucional de impartir justicia en materia electoral que el Poder Constituyente le ha otorgado (artículo 178, numeral 4, de la Constitución Política del Perú), no puede desconocer la existencia de una medida de coerción procesal como es el mandato de prisión preventiva que recae sobre la autoridad municipal en cuestión.

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN Nº 3454-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00962-C01 TINTAY - AYMARAES - APURÍMAC CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO SUSPENSIÓN

NO

Lima, veintiséis de noviembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 1203-2018-P-CSJAP/PJ, del 22 de noviembre de 2018, remitido por la Corte Superior de Justicia de Apurímac. ANTECEDENTES Mediante oficio Nº 85-2018-MDT-AYM-APU, del 26 de octubre de 2018 (fojas 1), remitido por Orlando Salcedo Alarcón, alcalde encargado de la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, mediante el cual remitió entre otros documentos los siguientes: - Copia certificada del Acta de Sesión Extraordinaria, del 22 de octubre de 2018 (fojas 2 a 4), según la cual se acordó por unanimidad encargar las funciones de alcaldía a Orlando Salcedo Alarcón, al haber tomado conocimiento de que el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Abancay impuso 18 meses de prisión preventiva en contra de Jaime Ernesto Jiménez Caichihua, alcalde de la mencionada entidad edil. - Resolución de Alcaldía Nº 79-2018-A-MDT, del 23 de octubre de 2018, que encargó el despacho de alcaldía a Orlando Salcedo Alarcón. Ante ello, por medio del Oficio Nº 09737-2018-SG/ JNE, de fecha 30 de octubre de 2018 (fojas 96), se solicitó al presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac que informe sobre la situación jurídico-penal de Jaime Ernesto Jiménez Caichihua, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tintay. En respuesta, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac remitió el Oficio Nº