Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2019 (27/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de marzo de 2019 /

El Peruano

principal función diseñar y formular la propuesta de Plan de Acción Conjunto que establezca medidas concretas y urgentes a fin de prevenir la violencia contra las mujeres; así como brindar protección y atención a las víctimas de violencia. Quinto. Que, en ese contexto, mediante Decreto Legislativo N° 1368, publicado el 29 de julio de 2018, se creó el "Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", con la finalidad de contar con un sistema integrado y especializado de justicia en dicha materia; así como en delitos de agravio de niños, niñas y adolescentes, que permita el desarrollo célere y efectivo de los procesos; así como una interacción fluida entre todos/as los/as operadores/as de la ruta procesal contra la violencia. Esto permitirá mejorar los tiempos de atención y respuesta a las víctimas, logrando así garantizar su integridad y seguridad; así como un real y efectivo acceso a la justicia. Sexto. Que, este Sistema Nacional está integrado por el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; así como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y es así que luego de coordinaciones entre todos los actores que la integran, se examinó el lugar donde se iniciaría el "Proyecto Piloto" de implementación del sistema integrado y, por unanimidad, se eligió el Distrito Judicial de Lima Este específicamente, el Distrito de San Juan de Lurigancho. Sétimo. Que, por consiguiente, esto significa en el ámbito familiar, la implementación de un Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar en esa zona geográfica. Octavo. Que, por otro lado, mediante Decreto Supremo N° 048-2019-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 13 de febrero de 2019, se autorizó la transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, entre los que se encontraba la demanda presentada por el Poder Judicial para la creación del Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito Judicial de Lima Este, con sede en San Juan de Lurigancho. Noveno. Que, por lo expuesto, la señora Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, mediante Oficio N° 24-2019-CJG/PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 04-2019-CJG/PJ de la mencionada Comisión, por el cual concluye que resulta pertinente la creación del Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito Judicial de Lima Este, con sede en San Juan de Lurigancho. Décimo. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos, evaluada la propuesta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; y en mérito al Acuerdo N° 311-2019 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de viaje en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear, a partir del 1 de mayo de 2019, el "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", del Distrito

Judicial de Lima Este - San Juan de Lurigancho, que se constituirá conforme se indica a continuación: - Sétimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Octavo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Noveno Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Juzgado de Familia Permanente Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Primero Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. - Décimo Segundo Juzgado de Familia Permanente - Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. La competencia territorial y la sede de los referidos órganos jurisdiccionales será en el Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que los órganos jurisdiccionales que integrarán el referido Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, conocerán y se avocarán a todas las denuncias que ingresen desde su funcionamiento; y su atención será de lunes a domingo las veinticuatro horas. Artículo Tercero.- La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, efectuará las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1753856-2

Aprueban Plan Anual de Plenos Jurisdiccionales Superiores 2019 y el Anexo I Resumen Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 115-2019-CE-PJ Lima, 13 de marzo de 2019 VISTO: El Oficio N° 002-2019-CIJ/PJ, cursado por la señora doctora Janet Tello Gilardi, Consejera Responsable del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Responsable del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales mediante Oficio N° 002-2019-CIJ/PJ, remite a este Órgano de Gobierno la Ayuda Memoria de los Plenos Jurisdiccionales Superiores (Anexo I Resumen Ejecutivo) y el Proyecto del Plan Anual de Plenos Jurisdiccionales Superiores 2019, con el objetivo estratégico de promover la predictibilidad de las decisiones judiciales, a través de la realización de plenos jurisdiccionales en sus diferentes niveles y especialidades, dentro del marco de la política