Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2019 (27/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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VISTA:

NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de marzo de 2019 /

El Peruano

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima para que se le autorice el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 645-2010 de fecha 21.01.2010, se autorizó la apertura de la referida agencia ubicada en el departamento de Tacna; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para el cierre de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; el procedimiento TUPA Nº 15, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 del 27.04.2018; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883 ­ 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima el traslado de la agencia ubicada en la Av. San Martín Nº 776, distrito, provincia y departamento de Tacna, a su nuevo local ubicado en la Av. San Martín Nº 893 de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1753422-2

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, modificado por la Resolución SBS Nº 808-2019 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Miguel Alfonso Becerra Infantas, con matrícula numero N-4325, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1753654-1

Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1092-2019 Lima, 18 de marzo de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Sol Hillary Refulio Chamorro para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresa de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 3157-2017 de fecha 10 de agosto de 2017, se autorizó la inscripción de la señora Sol Hillary Refulio Chamorro como Corredor de Seguros de Personas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 13 de marzo de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Sol Hillary Refulio Chamorro postulante a Corredor de Seguros Generales ­ persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, modificado por la Resolución SBS Nº 808-2019 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema

Autorizan ampliación de la inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1087-2019 Lima, 18 de marzo de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Alfonso Becerra Infantas para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 6624-2015 de fecha 03 de noviembre de 2015, se autorizó la inscripción del señor Miguel Alfonso Becerra Infantas como Corredor de Seguros de Personas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 28 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Miguel Alfonso Becerra Infantas postulante a Corredor de Seguros Generales ­ persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación;