Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2019 (27/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Miércoles 27 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Paveel Jesus Almonacin Serina, con matrícula número N-4675, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1753205-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1079-2019 Lima, 15 de marzo de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Lisbel Hisela Nazareth Ríos Ruiz para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Lisbel Hisela Nazareth Ríos Ruiz postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de Ios Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y. Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018;

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Lisbel Hisela Nazareth Ríos Ruiz, con matrícula número N-4676, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1753432-1

Autorizan a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima el cierre y traslado de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Tacna
RESOLUCIÓN SBS Nº 1082-2019 Lima, 15 de marzo de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima para que se le autorice el cierre de una agencia ubicada en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 6618-2012 del 27.08.2012, se autorizó la apertura de la referida agencia ubicada en el departamento de Lima; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para el cierre de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; el procedimiento TUPA Nº 15, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 del 27.04.2018; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883 ­ 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima el cierre de la agencia ubicada en la Av. La Cultura s/n, a la altura de los Kms. 3.376 y 4.000 de la Carretera Central, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUÍS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1753422-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1106-2019 Lima, 18 de marzo de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS