Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 94
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NORMAS LEGALES
Viernes 26 de julio de 2019 /
El Peruano
Artículo Segundo.- Disponer que las Fiscalías que vienen tramitando, en adición a sus funciones, los casos de Extinción de Dominio a nivel nacional, cumplan con derivar, en el plazo de tres días, a las Fiscalías Provinciales Transitorias de Extinción de Dominio competentes, todos aquellos casos que, hasta la fecha de publicación de la presente resolución, se encuentren en etapa de indagación patrimonial. Artículo Tercero.- Adecuar las designaciones y/o destaques de los fiscales que, a la fecha, se encuentren desempeñando funciones en los Despachos pertenecientes al subsistema de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, de acuerdo a las nuevas denominaciones establecidas en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina Central de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1792647-2
cuya posterior rectificación de dirección fue autorizada mediante Resolución SBS Nº 552-2014; Que, en sesión extraordinaria de Directorio de fecha 29.03.2019, dicho órgano de dirección aprobó el cierre de la referida oficina especial; Que, la Caja ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por el procedimiento Nº 11 del Texto único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o cierre de Oficinas y uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum Nº 404-2019-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el cierre de una oficina especial, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en Jr. Tingo María Mz 12, Lote 8-A, distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. URSULA GALDOS FRANCO Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1791927-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el cierre de oficina especial bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN SBS Nº 3249-2019 Lima, 16 de julio de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS(a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia le autorice el cierre de una oficina especial, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación , ubicada en el departamento de Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1283-2006 de fecha 04.10.2006, esta Superintendencia autorizo la apertura de, entre otras, una oficina especial, bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en el distrito de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco,
Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 3253-2019 Lima, 16 de julio de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Carlos Miguel Caro Custodio para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Ajustadores de Siniestros de Seguros Marítimos y punto 4.- Peritos de Seguros Marítimos; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 15 de julio de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Carlos Miguel Caro Custodio postulante a Ajustador de Siniestros de Seguros Marítimos y Peritos de Seguros Marítimos - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS Nº 38142018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación;