Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de julio de 2019 /

El Peruano

Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)"; Que, el documento técnico normativo "Compendio Técnico Normativo de Certificación Profesional" aprobado por Resolución Nº 090-2015-COSUSINEACE/ CDAH-P, incluye las "Directrices para la identificación y normalización de competencias con fines de certificación profesional", en la que se establecen los pasos para la normalización de competencias; Que, el literal b) del numeral 6.1 del citado Compendio señala que es un requisito para autorizar a una entidad certificadora, disponer de un conjunto de instrumentos que permitan realizar la evaluación y certificación de competencias laborales y/o profesionales actualizadas de la profesión, elaborados de acuerdo a los análisis funcionales elaborados según parámetros nacionales e internacionales de evaluación y certificación de competencias, materializándose, entre otros, en las Normas de Competencia de Profesionales; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior, tomando como base lo contenido en el Informe N°0001022019-SINEACE/P-DEC-ES-CCH, propone la aprobación de siete (7) Normas de Competencia e instrumentos de evaluación de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados de Gestión de Recursos Humanos, las cuales se detallan a continuación:
N° Código Estándar o norma de competencia Establecer las políticas. Procesos, procedimientos e instrumentos necesarios para las diferentes fases y etapas de la gestión de los recursos humanos de la organización, de acuerdo a la cultura organizacional y las técnicas correspondientes. Dirigir el proceso de gestión de los recursos humanos de la organización de acuerdo a los procesos implementados. Diseñar la estructura de remuneración de los recursos humanos de conformidad a las políticas, planes y programas de incentivo de la organización. Implementar los subsistemas de compensación y bienestar social de conformidad a la legislación vigente y a la política social de la organización. Adecuar los sub sistemas de seguridad social de jubilación y de salud conforme a la legislación que rige el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), Sistema Privado de Pensiones (SPP), EsSalud y EPS. Desarrollar los programas de compensaciones, bienestar de personal, seguridad social y salud e higiene ocupacional, en beneficio de los trabajadores, de acuerdo a la ergonomía y criterios técnicos modernos, así como a lo planificado y establecido por la organización. Evaluar el cumplimiento de los programas antes mencionados, de conformidad con los criterios técnicos pertinentes y a lo planificado.

MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo N°072-2019-CDAH de sesión de fecha 17 de julio 2019, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó siete (7) Normas de Competencia Profesionales de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados en Gestión de Recursos Humanos, las que en anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1791897-2

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban ejecución de la "Encuesta Económica Anual 2019" a nivel nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 213-2019-INEI Lima, 12 de julio de 2019 Visto el Oficio Nº 1474-2019/INEI-DNCE y el Informe Nº 056-2019-INEI-DNCE/DECEEE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando la aprobación de la Encuesta Económica Anual 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI, ente rector del Sistema Estadístico Nacional, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales a nivel regional y nacional; Que, mediente informe N° 056-2019-INEI-DNCE/ DECEEE del 26 de junio de 2019, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas informa que, para fines de medición de la actividad económica - financiera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2019, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio; Servicios; Universidades no Estatales; Instituciones Educativas de Gestión Privada; Pesca Transformativa, Extractiva y Acuicultura; Actividades de Agencias de Viaje, Organizadores de Viaje y de Asistencia a Turistas; Actividades de Hospedajes; Actividades de Servicios de Comidas y Bebidas; Manufactura; Agroindustria; Construcción; Transportes y Comunicaciones; Hidrocarburos y Servicios Eléctricos. Que, la Encuesta Económica Anual 2019, permitirá obtener información económica - financiera, indispensable para la elaboración de las variables macroeconómicas e indicadores económicos - financieros por actividad económica, que contribuyan a un mejor conocimiento de la realidad económica sectorial y nacional, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas en coordinación con los Órganos encargados de la producción estadística de los ministerios correspondientes, ha llevado a cabo las actividades de planeamiento; así como la definición y contenido de los formularios electrónicos

1

NCP 2.1-RRII-RRHH-EC-2.1.1

2

NCP 2.1-RRII-RRHH-EC-2.1.2

3

NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.1

4

NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.2

5

NCP 3.1-RRII-RRHH-EC-3.1.3

6

NCP 3.2-RRII-RRHH-EC-3.2.1

7

NCP 3.2-RRII-RRHH-EC-3.2.2

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 17 de julio 2019, llegó al Acuerdo N°072-2019-CDAH, mediante el cual se aprobaron siete (7) Normas de Competencia Profesionales de Licenciados en Relaciones Industriales y Licenciados de Gestión de Recursos Humanos; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior, Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0182007-ED; Ley N° 30220 Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Resolución Ministerial N°396-2014-