Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de julio de 2019 /

El Peruano

el Memorando N° 876-2019-EF/53.04, informa el costo para su financiamiento en el período julio ­ diciembre 2019; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma total de S/ 2 840 204,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Universidad Nacional de Música para financiar los requerimientos señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 2 840 204,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Universidad Nacional de Música, para financiar su implementación inicial y funcionamiento como universidad pública, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles

desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendarios de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1792655-9

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 2 840 204,00 -----------------TOTAL 2 840 204,00 ========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles

Amplían plazo para la presentación digital de la rendición de cuentas del primer semestre del ejercicio fiscal 2019, establecido en la Directiva "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2019-EF/51.01 Lima, 24 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo establecido en el párrafo 23.4 del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, la Dirección General de Contabilidad Pública emitió la Directiva N° 002-2019-EF/51.01 "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos", aprobada con la Resolución Directoral N° 008-2019-EF/51.01; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 2292019-EF/45, incorpora el párrafo 5.2.13 en la Directiva N° 001-2016-EF/45.02 "Disposiciones que regulan el trámite documentario en el Ministerio de Economía y Finanzas", disponiendo, que la Dirección General de Contabilidad Pública, reciba directamente la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos, efectuada a través del aplicativo web denominado "Presentación Digital de la

: Gobierno Central 561 : U.N. de Música 001 : Universidad Nacional de Música CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 2 840 204,00 -----------------TOTAL 2 840 204,00 ==========

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional de 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia Partidas, aprueba, mediante Resolución, la