Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 26 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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En ese sentido, resulta pertinente reconocer el cambio de denominación de los programas de estudio efectuado por la Universidad, precisando que los cambios de denominación aprobados durante la vigencia de la Ley Universitaria, producirán efecto una vez que la Sunedu lo autorice de forma expresa; es decir, con el otorgamiento del licenciamiento institucional11. 2.3. Programas de Estudio "No Regulares" ofertados en el marco del Decreto Legislativo N° 998 - Decreto Legislativo que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente Mediante el Decreto Legislativo N° 99812 se dispone la suspensión de la autorización de funcionamiento y de creación de facultades o escuelas de educación, filiales, programas y otros, que conduzcan a la obtención del grado académico o título profesional en educación en los proyectos de nuevas universidades; así como la formación inicial profesional docente, o la oferta de cualquier otro programa no regular que conduzca a la obtención de título profesional o grado académico en Educación por parte de universidades públicas y privadas que no cuenten con la acreditación correspondiente13. Posteriormente, el Decreto Supremo N° 014-2008ED aprueba las "Normas Reglamentarias del Decreto Legislativo N° 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente"14, disponiendo en el literal b) del artículo 2 como "Programas universitarios no regulares" los siguientes: i) complementación universitaria, dirigido a los egresados de los Institutos Superiores Pedagógicos; ii) complementación pedagógica, para los egresados de carreras diferentes a la de educación; iii) complementación pedagógica y universitaria, para los egresados de los Institutos Superiores Tecnológicos; y, iv) programa de titulación, dirigido a bachilleres de educación y de otras carreras liberales a fin de obtener la licenciatura en educación. Bajo dicho marco legal, la Universidad declaró dos (2) programas de estudio no regulares que fueron creados en el marco del Decreto Legislativo N° 998 denominados: a) Ciclo de Estudios Complementario ­ PROCEC, dirigido a profesionales de educación titulados en Institutos Superiores Pedagógicos, con el objetivo de obtener el Grado Académico de Bachiller en Educación; y b) el Programa de Licenciatura ­ PROLI, dirigido a docentes graduados del PROCEC, con la finalidad de obtener el Título Profesional de Licenciado en Ciencias de la Educación en las especialidades de: Educación Inicial; Educación Primaria; Educación Física; Filosofía, Psicología y Ciencias Sociales; Lengua y Literatura; Ciencias Histórico Sociales y Geográficas; Matemática y Física; Biología, Química y Ciencia del Ambiente. Al respecto, la Resolución de Consejo Directivo N° 065-2019-SUNEDU/CD15 establece que, a partir del semestre 2020-I, las universidades deberán dejar de ofertar los "Programas Universitarios No Regulares", destinados a la obtención del grado de bachiller y del título de licenciado en educación, amparados en el Decreto Legislativo N° 998. En consecuencia, la Universidad solo podrá ofertar los dos (2) programas no regulares con los que cuenta, hasta el semestre 2019-II. Luego de lo cual, no podrá convocar a nuevos procesos de admisión; asimismo, en el plazo de treinta (30) días, al término de los semestres 2019-I y 2019-II, deberá informar a la Dilic el total de estudiantes matriculados en esos programas para fines del registro del grado y título. 2.4. Cierre de Establecimientos La Universidad presentó su SLI declarando cuatro (4) locales en la sede y veintisiete (27) locales distribuidos en quince (15) filiales; sin embargo, posteriormente, decidió el cierre de un (1) local en la sede y de todas las filiales. En consecuencia, se dispuso el cierre de veintiocho (28) locales conducentes a grado y título académico ubicados en los distritos de Tambogán, Huácar, La Unión, Canchabamba, Llata, Chavín de Pariarca, Jacas Grande, Monzón, Jesús, Baños, Aucayacu, Huacrachuco, Panao, Codo del Pozuzo, Chavinillo y Obas en la departamento de Huánuco; Huancayo, La Merced y Satipo en la región

de Junín; Jesús María, Lince y Cercado de Lima en la región Lima; y por último, Callería y Yarinacocha en la región Ucayali. En tal sentido, mediante la Resolución de Asamblea Universitaria N° 0008-2018-UNHEVAL del 5 de julio de 2018, modificada en parte por las Resoluciones de Asamblea Universitaria N° 0014-2018-UNHEVAL y N° 0016-2018-UNHEVAL, ambas del 31 de diciembre de 2018, la Universidad formalizó el desistimiento de los locales señalados de la sede y las filiales, y dispuso su cierre definitivo, así como la reubicación de todos los estudiantes de dichas filiales a los locales de la Sede, que se ejecutará durante el periodo de dos (2) años establecidos en la Resolución N° 111-2018-SUNEDU/ CD "Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado"16. Actualmente, la Universidad presta el servicio de educación superior universitaria únicamente en sus tres (3) locales ubicados en el distrito de Pillco Marca, provincia y departamento de Huánuco. El detalle de los locales desistidos se encuentra en el Anexo 2 del Informe Técnico de Licenciamiento. Conforme al artículo 200 del TUO de la LPAG, el desistimiento debe ser formulado de manera expresa y señalando su contenido y alcance, se puede efectuar en cualquier momento del procedimiento, antes que se notifique la resolución que agote la vía administrativa; y, será la autoridad competente quien lo acepte de plano. De acuerdo con el numeral 200.7 del artículo 200 del TUO de la LPAG, se ha evidenciado que, con el desistimiento, no se afecta intereses de terceros ni el interés general, por lo que los actos de desistimiento formulados por la Universidad, respecto de la sede y las filiales antes mencionadas son procedentes. En tal sentido, de conformidad con el numeral 200.6 del artículo 200 del TUO de la LPAG, corresponde aceptar el desistimiento del local de la sede y de las quince (15) filiales, y declarar por concluido el procedimiento en dicho extremo. III. Sobre el Informe técnico de licenciamiento El Informe técnico de licenciamiento N° 022-2019-SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral del cumplimiento de las CBC. Cabe precisar que, conforme al Informe técnico de licenciamiento antes señalado, en el curso del procedimiento de licenciamiento institucional se ha verificado el cumplimiento de las CBC, habiéndose constatado que la Universidad cuenta con objetivos institucionales, planes de estudio, normativa sobre admisión y grados y títulos, sistemas de información, un plan y una Oficina de Gestión de la Calidad, acordes con la Ley Universitaria Del mismo modo, la Universidad posee tres (3) locales de su propiedad, de uso exclusivo, los que cuentan con provisión de los servicios de luz, agua, teléfono e internet. Además, cuenta con laboratorios y talleres equipados, acordes con su oferta académica, que cumplen con los planes y protocolos de seguridad establecidos. La Universidad cuenta con un plan de mantenimiento que tiene presupuesto asignado, y cuenta con ambientes suficientes para albergar a sus docentes a tiempo completo y a tiempo parcial. Por otro lado, la Universidad ha demostrado la vigencia de políticas, normas, procedimientos, código de ética, normativa sobre propiedad intelectual, para el fomento y la realización de actividades de investigación, y cuenta

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Se trata del cambio de denominación del programa de "Derecho" por "Derecho y Ciencias Políticas"; y el cambio de denominación del programa de Segunda Especialidad Profesional "Didáctica Deportiva en Menores (Fútbol, Voleibol, Basquetbol y Atletismo)" que cambiará a "Educación Física". Publicado el 31 de marzo de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano". Otorgada por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria ­ CONEAU. Publicado el 3 de julio de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano". Publicada el 30 de mayo de 2019 en el Diario Oficial "El Peruano". Publicado el 10 de setiembre de 2018 en el Diario Oficial "El Peruano".