Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de julio de 2019 /

El Peruano

16) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual con proveedores no domiciliados en el país. 17) Suscribir los contratos y adendas por adicionales, reducciones y/o ampliación de plazo con proveedores no domiciliados en el país. 18) Resolver contratos suscritos con proveedores no domiciliados en el país. 19) Aprobar el expediente de contratación con proveedor no domiciliado en el país. 20) Designar a los miembros titulares y suplentes del comité encargado de llevar adelante el proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país. 21) Aprobar las bases para la contratación con proveedor no domiciliado en el país. 22) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deben realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Central de Compras Públicas ­ Perú Compras. 23) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten. 24) Suscribir contratos laborales y sus adendas. 25) Suscribir, modificar y resolver Convenios de Prácticas Profesionales y Pre Profesionales, sus prórrogas y renovaciones. 26) Autorizar permisos, rotaciones, licencias menores a treinta (30) días, la programación y reprogramación del rol de vacaciones. 27) Aprobar el reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores, así como las liquidaciones de beneficios sociales. 28) Suscribir convenios con entidades que conforman el Sistema Financiero contempladas en la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, así como sus respectivas adendas. 29) Suscribir los Contratos de Auditoría con las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, designadas o no por la Contraloría General de la República. 30) Suscribir contratos de prestación de servicios públicos a favor de sus Unidades Ejecutoras, modificarlos o resolverlos y efectuar cambio de titularidad de suministros de servicios ante entidades prestadoras. 31) Reconocer adeudos de ejercicios presupuestales anteriores como créditos devengados, respecto de las obligaciones que correspondan a las Unidades Ejecutoras previa opinión de la Oficina General de Asesoría Jurídica. 32) Expedir resoluciones que aprueben o modifiquen instrumentos normativos para el registro de provisión de cobranza dudosa y el castigo de cuentas incobrables. Las facultades delegadas en el presente artículo comprenden tanto a la Unidad Ejecutora CONCYTEC como a la Unidad Ejecutora FONDECYT. Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración la siguiente facultad, durante el Año Fiscal 2019: 1) Suscribir contratos de bienes y servicios, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), así como la resolución de los mismos. Artículo 4.- Delegar en el (la) Director (a) Ejecutivo(a) del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2019: 1) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos de financiamiento con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora FONDECYT.

2) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos vinculados a la ejecución de instrumentos financieros por parte de la Unidad Ejecutora FONDECYT. 3) Suscribir convenios y/o contratos con los ganadores beneficiarios de las subvenciones y transferencias que se otorguen en el marco de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. 4) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos relativos a actividades que correspondan ser desarrolladas por la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Desarrollo y/o la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT. 5) Suscribir convenios de cooperación interinstitucional de compras corporativas facultativas, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. Las facultades delegadas en el presente artículo, permitirán al Director Ejecutivo ejercer la representación legal del FONDECYT respecto de aquellos aspectos vinculados con dicha Unidad Ejecutora y en el marco de lo establecido en los numerales precedentes. Artículo 5- Las delegaciones de facultades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales y procedimientos establecidos para cada caso. Artículo 6.- El (la) Secretario (a) General, el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración del CONCYTEC, el (la) Jefe (a) de la Oficina Logística del CONCYTEC; así como el (la) Director (a) Ejecutivo (a) del FONDECYT deberán informar trimestralmente a la Presidente del CONCYTEC respecto de las actuaciones realizadas en virtud de las delegaciones dispuestas en los artículos 1, 2, 3, y 4 de la presente Resolución, en aquello que les corresponda. Artículo 7.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 002-2019-CONCYTEC-P y la Resolución de Presidencia N° 025-2019-CONCYTEC-P. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1792642-1

Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 132-2019-CONCYTEC-P Lima, 25 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 027-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 031-2019-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias