Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de julio de 2019 /

El Peruano

Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad

del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones

VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N.
No SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: RV4-ECH-S3-SAN-010 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 5,338.00 M2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble WGS84 ESTE (X) 763640.8810 763641.5412 763656.2088 763667.2338 763674.5975 763685.7308 763700.7339 763704.4380 763715.5408 763726.8099 763727.6700 763699.7704 763693.8471 763685.8238 763677.9392 763670.0562 763662.1965 763654.3582 763646.5645 763638.8010 763631.0604 763623.3768 763615.7425 763612.0480 NORTE (Y) 9007011.0150 9007010.7812 9007005.5650 9007001.8681 9006999.5070 9006996.2225 9006991.7343 9006990.5532 9006987.3264 9006984.3630 9006984.1287 9006937.6037 9006939.0027 9006941.4358 9006943.9212 9006946.3947 9006948.9926 9006951.6657 9006954.4303 9006957.2813 9006960.2169 9006963.2260 9006966.2341 9006967.7014 135,547.17 VALOR DE LA TASACIÓN (S/) COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: Colindante con el área remanente 01 del predio, en línea quebrada de 10 tramos de: 0.7m, 15.57m, 11.63m, 7.73m, 11.61m, 15.66m, 3.89m, 11.56m, 11.65m, 0.89m. · Por el Sur:Colindante con el área remanente 02 del predio, en línea quebrada de 12 tramos de: 6.09m, 8.38m, 8.27m, 8.26m, 8.28m, 8.28m, 8.27m, 8.27m, 8.28m,8.25m,8.20m, 3.98m,. · Por el Este: Colindante con U.C. 08414, en línea recta de un tramo de 54.25m, · Por el Oeste: Colindante con canal de regadío y U.C. 08397, en línea recta de un tramo de 52.03 m. 1 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESPROVIAS NACIONAL CABRERA SALAZAR ROBERTO A B C D E F G H I J K L M N PARTIDA REGISTRAL: Nº 11007563, perteneciente a Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 12.12.2016 (Atención N° 5961123) por la Oficina de Catastro de la Zona Registral VII ­ Sede Huaraz CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 07 .03.2019, por la Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral VII-Sede Huaraz O P Q R S T U V W X LADO A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-K K-L L-M M-N N-O O-P P-Q Q-R R-S S-T T-U U-V V-W W-X X-A DISTANCIA (m) 0.70 15.57 11.63 7.73 11.61 15.66 3.89 11.56 11.65 0.89 54.25 6.09 8.38 8.27 8.26 8.28 8.28 8.27 8.27 8.28 8.25 8.20 3.98 52.03

1792649-2

Aprueban valor total de tasación de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Mayor General FAP Armando Revoredo Iglesias", ubicado en el departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 570-2019 MTC/01.02 Lima, 25 de julio de 2019 Visto: El Memorándum N° 0521-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de

Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del TUO de la Ley, define a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Beneficiario como resultado del trato directo; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Beneficiario es