Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 26 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1792655-10

Declaran de interés para el Perú la participación del Ministerio de Energía y Minas en la Sexta Conferencia Internacional de Minería y Recursos - IMARC 2019, a realizarse en Australia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2019-MINEM/DM Lima, 19 de julio de 2019 VISTOS: El expediente N° I-12450-2019, el Informe N° 132-2019-MINEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 119-2019-MINEM-DGPSM/DPM de la Dirección de Promoción Minera, de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera y el Informe N° 693-2019-MINEM/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (PIN), del 06 de junio de 2019, el Director de Promoción de Inversiones del Ministerio de Relaciones Exteriores remitió una carta que dirige la Ministra de Recursos del Estado de Victoria al Ministro de Energía y Minas, a fin de participar en la Sexta Conferencia Internacional de Minería y Recursos ­ IMARC 2019, que se realizará en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia, del 28 al 31 de octubre de 2019; Que, la Conferencia Internacional de Minería y Recursos es una de las conferencias mineras más importantes de la región Asia Pacífico y la participación del Ministerio de Energía y Minas brindará la oportunidad de destacar a nuestro país como destino de las inversiones, además de ofrecer una inmejorable ocasión para conectarse con los principales representantes de la industria vinculados a los mercados de capital, financieros y servicios de minería; Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 119-2019-MINEM-DGPSM/DPM, emitido por la Dirección de Promoción Minera; el evento, organizado por el Instituto Australiano de Minería y Metalurgia, Austmine y la Asociación Australiana de Minas y Metales, tiene como objetivo facilitar el intercambio de información entre expertos internacionales del sector minero, Directores Ejecutivos de las principales empresas mineras del mundo comprometidas con la sostenibilidad de la industria y representantes de diferentes gobiernos; Que, conforme al informe citado en el considerando precedente, la participación del Ministerio de Energía y Minas en el mencionado evento se sustenta en tres ámbitos, los cuales se encuentran referidos a la participación del Titular y autoridades del Sector; el establecimiento de un pabellón peruano en el área de exhibición y la promoción de la imagen positiva del Perú como país receptor de la inversión; Que, mediante Informe N° 132-2019-MINEM/OGPPOPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional señala que, el objetivo del evento es compatible con los lineamientos de planeamiento y funciones del Ministerio de Energía

y Minas contenidos en el Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016 - 2021, actualizado y el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 - 2019, aprobados por la Resolución Ministerial N° 533-2016-MEM/DM; así como el Plan Operativo Institucional - POI modificado, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 549-2018-MEM/DM; Que, mediante Informe N° 693-2019-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas concluye que resulta legalmente viable el Proyecto de Resolución Ministerial que declara de interés para el Perú la participación del Ministerio de Energía y Minas en el evento internacional Sexta Conferencia Internacional de Minería y Recursos ­ IMARC 2019; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y en el Decreto Supremo N° 0312007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar de interés para el Perú la participación del Ministerio de Energía y Minas en el evento internacional Sexta Conferencia Internacional de Minería y Recursos ­ IMARC 2019, que se realizará en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia, del 28 al 31 de octubre de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1792438-1

Autorizan viaje de profesionales del INGEMMET a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2019-MINEM/DM Lima, 25 de julio de 2019 VISTOS: El expediente Nº 2958790; los Informes Nº 325-2019-INGEMMET/ GG-OPP, Nº 326-2019-INGEMMET/GGOPP, Nº 327-2019-INGEMMET/GG-OPP y Nº 328-2019-INGEMMET/GG-OPP, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet); el Informe Nº 154-2019-INGEMMET/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet); el Informe Nº 140-2019-MINEM/OGPP-OPPIC, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 719-2019-MINEM/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, dicha entidad tiene como objetivos institucionales, entre otros, la obtención, almacenamiento, registro, procesamiento, administración y difusión eficiente de la información geocientífica y aquella relacionada a la geología básica, los recursos del subsuelo, los riesgos geológicos y el geoambiente; Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones citado en el numeral precedente, contempla las funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), estableciendo, entre ellas, las de investigar y efectuar estudios en geomorfología y geología ambiental en el ámbito de su competencia y; desarrollar, mantener y