Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2019 (26/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 26 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Contralmirante Augusto Octavio BOHÓRQUEZ Villalta y del Capitán de Navío Luis Humberto DEL CARPIO Azalgara, para que participen en la mencionada actividad; lo que permitirá identificar y analizar nuevos campos sobre cooperación marítima regional, operaciones de asistencia humanitaria y desastres de antinarcóticos, conocimientos de dominio marítimo y de interoperabilidad; así como, fomentar el incremento de la confianza mutua, desarrollo de un concepto de seguridad y adopción de medidas prácticas para las Armadas de la región; Que, conforme a lo indicado en el Párrafo 2 del oficio mencionado en el primer considerando, los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, serán proporcionados por el Gobierno de los Estados Unidos de América, mas no el transporte interno; por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con el Documento Nº 133-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el gasto por concepto de viáticos, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el Inciso b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Augusto Octavio BOHÓRQUEZ Villalta, CIP. 01855359, DNI. 43305760 y del Capitán de Navío Luis Humberto DEL CARPIO Azalgara, CIP. 01802896, DNI. 09399154, para que participen en el Decimoctavo Simposio Regional de Antiguos Alumnos de la Escuela de Guerra Naval de los Estados Unidos de América, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 26 al 29 de agosto del 2019; así como, autorizar su salida del país el 25 y su retorno el 30 de agosto del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 4 días x 20% TOTAL A PAGAR: US$. 592.00 ----------------US$. 592.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1792265-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de la Universidad Nacional de Música
DECRETO SUPREMO Nº 233-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 002-2019-UNM-OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Universidad Nacional de Música solicita la transferencia de recursos adicionales en el Presupuesto del Sector Público para el presente Año Fiscal a favor de la citada universidad para financiar su implementación inicial y funcionamiento como universidad pública y señala que dichos recursos no se encuentran previstos en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 00629-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que tomando en cuenta lo informado por la Dirección General de Gestión Superior Universitaria del Viceministerio de Gestión Pedagógica, a través del Informe N° 0049-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, considera necesario que se autorice una transferencia de partidas a favor de la Universidad Nacional de Música, a fin de garantizar su implementación inicial y funcionamiento como universidad pública; en virtud de lo cual, el Ministerio de Educación mediante el Oficio N° 02574-2019-MINEDU/SG, solicita se autorice la citada transferencia de recursos; Que, los recursos adicionales para la implementación inicial y funcionamiento de la Universidad Nacional de Música, como universidad pública, ascienden a la suma de S/ 2 840 204,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), que comprende el monto de S/ 1 970 996,00 (UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) para financiar bienes y servicios y el monto de S/ 869 208,00 (OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES) para la contratación de personal en la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), para cuyo efecto, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante