Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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PROYECTO

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

ANEXO 4 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO PARA GESTIÓN FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE EN COMUNIDADES NATIVAS Y COMUNIDADES CAMPESINAS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 021-2015-MINAGRI SANCIÓN NO SANCIÓN MONETARIA MONETARIA (0.10 (Amonestación) hasta 5000 UIT) No No No Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT SUBSANABLE/FORMA DE SUBSANAR _ _ _

SUPUESTO DE HECHO DEL TIPO INFRACTOR 1 2 3 Afectar los recursos que integran el Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación mediante el uso del fuego. Realizar el retiro de cobertura vegetal cuando no esté permitido por la legislacion o no se cuente con la autorización correspondiente. Realizar actividades con fines agropecuarios en tierras de capacidad de uso mayor forestal o de proteccion, excepto con fines de susbsistencia. La invasión o toda ocupación ilegal de titulos habilitantes, así como de áreas categorizadas como Bosques de Producción Permanente, Bosques en Reserva, Bosques Locales, Bosques Protectores y ecosistemas frágiles, o de tierras que integran el Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación. Destruir, retirar o alterar los linderos, hitos u otras señales colocados por la ARFFS, el SERFOR o los titulares de los títulos habilitantes, que permitan identificar el área del título habilitante. No establecer o no mantener los linderos, hitos u otras señales que permitan identificar el area del título habilitante. No entregar o presentar información o documentación legalmente exigible, en el plazo previsto o cuando la autoridad competente lo requiera. No contar con el libro de registro de actos de regencia o no registrar en dicho libro de acuerdo a las disposiciones establecidas y/o conservar los documentos que respalden los actos de regencia por cuatro años. Incumplir con el marcado de trozas conforme a la normativa vigente. Incumplir con la identificación y/o marcado de los especímenes de fauna silvestre, según corresponda. Incumplir con la implementación de las medidas correctivas y/o provisorias y/o mandatos dispuestas por la autoridad competente. Incumplir con las obligaciones legalmente establecidas en los títulos habilitantes, planes de manejo u otros actos administrativos, diferentes a las causales de caducidad. Talar, extraer y/o aprovechar recursos forestales, sin autorización, a excepción de los aprovechados por subsistencia.

4

No

Hasta 5000 UIT

_

5 6 7 8 9 10

No Si Si Si Si Si

Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT

_ Si/Establecer los linderos, hitos u otras señales. Si/Entregar la información o documentación. Si/Contra con el libro o registrar la información. _ _ Si, sólo para el incumplimiento de medidas correctivas o mandatos/ Implementar la medida correctiva o mandato. Si/Cumplir con la obligación en caso corresponda. _ Si, sólo cuando se realiza dentro del TH y se justifica que fue producto de un error propio del manejo/Compensar con otros individuos declarados en el plan de manejo. Además, comunicar o registrar la información en el LO de Bosque o Informes de Ejecución. _ _

11

Si

Hasta 5000 UIT

12 13

Si No

Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT

14

Talar, extraer y/o aprovechar recursos forestales no autorizados en el plan de manejo supervisado, cuando sea imputable al administrado en su condición de titular del título habilitante.

Si

Hasta 5000 UIT

15 16

Elaborar y/o suscribir documentos que contengan informacion falsa o adulterada, presentada ante la autoridad competente. Presentar o usar información o documentación falsa o adulterada. Utilizar indebidamente o facilitar la guía de transporte forestal, así como la documentación otorgada o aprobada por la autoridad forestal competente, para amparar la extracción, transporte, transformación, almacenamiento o comercialización de los especimenes, productos o sub productos forestales obtenidos ilegalmente. No tener libro de operaciones o no registrar la información en dicho libro, de acuerdo a las disposiciones establecidas. Permitir el ingreso de terceros al área del titulo habilitante para realizar actividades no autorizadas. Cazar, capturar o colectar recursos de fauna silvestre, sin contar con la autorización correspondiente, a excepción de los aprovechados por subsistencia. Utilizar indebidamente o facilitar la guía de transporte de fauna silvestre, así como la documentación otorgada o aprobada por la autoridad forestal y de fauna silvestre competente, para amparar la extracción, caza, captura, transporte, transformación, almacenamiento o comercialización de los especimenes, productos o sub productos de fauna silvestre obtenidos ilegalmente. Falsificar o adulterar los códigos de identificación individual de los especímenes de fauna silvestre registrados ante la autoridad competente. / Utilizar la identificacion, código o marcado de especimenes autorizados para amparar especímenes de origen ilegal.

No No

Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT

17

No

Hasta 5000 UIT

_

18 19 20

Si No No

Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT Hasta 5000 UIT

_ _ _

21

No

Hasta 5000 UIT

_

22

No

Hasta 5000 UIT

_