Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

de Desastres; ii) Política Nacional para el Control de Drogas; iii) Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; iv) Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; v) Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor; vi) Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante el Decreto Supremo N° 111-2012-PCM se aprobó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), que establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2013PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, de conformidad a lo establecido en el numeral 5-A-2 del artículo 5-A de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, que señala que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2016PCM se aprobó la Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CTI, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado con el Decreto Supremo N° 032-2007-ED, que dispone que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT); Que, con el Decreto Supremo N° 067-2012-PCM, se adscribió el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2017PCM, se aprobó la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor, conforme al literal a) del artículo 134 de la Ley N° 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor, que dispone como función del Consejo Nacional de Protección del Consumidor, proponer y armonizar la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor, la que debe ser aprobada por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Decreto Supremo N° 061-2017PCM, se aprobó la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 824 - Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1241, Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, establece que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA diseña y conduce la Política Nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos, y asimismo, formula, diseña y propone la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; Que, con el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, en el marco de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 29976 - Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas y planes para prevenir y combatir la corrupción del país; Que, el artículo 51-A del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, establece que la Secretaría de Integridad Pública es el órgano de línea de la Presidencia del Consejo de Ministros con autoridad técnico normativa nivel nacional, responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción;

Que, mediante el Oficio N° D000333-2019-CEPLANDNCP, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, remitió el Informe Técnico N° D0000132019-CEPLAN-DNCPPN, mediante el cual recomienda a la Presidencia del Consejo de Ministros aprobar por resolución de su Titular, la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría y conducción; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado con el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM; la Ley N° 29758, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo la rectoría de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo con el siguiente detalle: 1. Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. 2. Política Nacional para el Control de Drogas. 3. Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. 4. Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública. 5. Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor. 6. Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1785704-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Asesora I del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0226-2019-MINAGRI Lima, 2 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 193-2018-MINAGRI, de fecha 07 de mayo de 2018, se designó al señor Walter Enrique Zegarra Figueroa, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el citado servidor ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, la que resulta pertinente aceptar, así como designar al servidor que ocupará dicho cargo; Con la visación del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;