Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de La Molina, durante el mes de julio, con motivo de la Celebración del 198° Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley N° 11323 del 31 de marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edificios del Estado. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fin que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALVARO GONZALO PAZ DE LA BARRA FREIGEIRO Alcalde 1785215-1

Que la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de La Victoria, como muestra del respeto y civismo hacia la patria; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general, en todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de La Victoria, a partir de su publicación hasta el 31 de julio del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 198º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Establecer que las banderas y pabellones nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación como muestra de respeto a los símbolos patrios. Artículo Tercero.- Exhortar a los vecinos del distrito a fin de que realicen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional para su efectiva difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones para su publicación en la página web de la entidad (www.munilavictoria.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1785089-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Disponen el embanderamiento general de viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2019 La Victoria, 2 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que el 28 de julio del presente año, se conmemora el 198º Aniversario de la Independencia Nacional, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria; Que es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica de la población victoriana, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la veneración de los símbolos patrios;

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad y designan a sus miembros
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 497-2019-MDR. Rímac, 28 de junio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO: La necesidad de designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital del Rímac; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, la municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, estando facultada para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en