Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

CULTURA
Disponen el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 10 de julio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2019-MC Lima, 2 de julio de 2019 VISTOS, el Memorando N° 240-2019-MC-PEN-MB-D del Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning; el Oficio N° 211-2019-DE-UE005-PENL-VMPCIC/MC de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque; el Informe N° D000076-2019-DGM/ MC de la Dirección General de Museos; y el Informe N° D000016-2019-OGAJ-MTM/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 5592018-MC de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprueba el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2019, el cual contiene, entre otros, los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión; Que, asimismo, el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (actualmente, Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de

Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, indicando sus condiciones y periodo de vigencia; Que, mediante Oficio N° 211-2019-DE-UE005-PENLVMPCIC/MC de fecha 5 de junio de 2019, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque remite a la Dirección General de Museos la solicitud formulada por el Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning a través del Memorando N° 240-2019-MC-PENMB-D de fecha 28 de mayo de 2019, a efectos que se disponga el ingreso libre a dicho museo el día 10 de julio de 2019, al conmemorarse noventa y ocho (98) años de vida institucional del mismo; Que, a través del Informe N° D000076-2019-DGM/MC de fecha 24 de junio de 2019, la Dirección General de Museos brinda su conformidad a la solicitud presentada por el Director del Museo Arqueológico Nacional Brüning, señalando que tal exoneración contribuye al acercamiento de los peruanos a la cultura; Que, mediante el Informe N° D000016-2019-OGAJMTM/MC de fecha 1 de julio de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando jurídicamente viable la solicitud presentada; Que, en ese sentido, estando a lo opinado por la Dirección General de Museos y la Oficina General de Asesoría Jurídica, y habiéndose verificado el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 34 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo y el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la citada norma, se considera viable lo peticionado; Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles) que permita el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 10 de julio de 2019, debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Ley N° 29408, Ley General de Turismo; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer el ingreso libre al Museo Arqueológico Nacional Brüning el día 10 de julio de 2019, en atención a la tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles), que se instituye para fomentar el acceso a la cultura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque y la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque en coordinación con el Museo Arqueológico Nacional Brüning dispondrán las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial y el Informe N° D000016-2019-OGAJ-MTM/ MC al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, a la Dirección General de Museos, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque y al Museo Arqueológico Nacional Brüning, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1785247-1