Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

Informática, que debe "Mantener actualizada la información de los sistemas informáticos implementados" y "Elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del CENFOTUR"; Que, la Directiva N° 008-2016-CENFOTUR/DN, denominada "Directiva de Gobierno Abierto, Transparencia, Acceso a la Información Pública, Participación y Colaboración para el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR", aprobada con Resolución Directoral N° 241-2016-CENFOTUR/DN, de fecha 26 de diciembre de 2016, señala en su numeral 7.1.1 que "El funcionario Responsable de Entregar la Información es designado para la Sede Central y cada Centro Filial, mediante Resolución Directoral emitida por la Dirección Nacional, conforme a la obligación establecida en las normas sobre la materia", y en su numeral 8.4, señala que "El nombramiento del Funcionario Responsable del Portal de Transparencia del CENFOTUR, será designado mediante Resolución Directoral emitida por la Dirección Nacional"; Que, mediante Memorando N° 265-2019-CENFOTUROAF, de fecha 31 de mayo de 2019, la Oficina de Administración y Finanzas, solicita designar al Responsable del Portal de Transparencia y al Responsable para el Acceso a la Información Pública del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, de acuerdo a la normativa antes mencionada; Que, mediante Resolución Directoral N° 132-2012-CENFOTUR/DN, de fecha 11 de junio de 2012, en su primer artículo, resuelve designar como responsables de atender los pedidos de información que se formulen al Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a los funcionarios siguientes:
Sede Sede Central - Lima Centro Filial Cajamarca Centro Filial Chiclayo Centro Filial Cusco Centro Filial Huaraz Responsable Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas Jefe del Centro Filial Cajamarca Jefe del Centro Filial Chiclayo Jefe del Centro Filial Cusco Jefe del Centro Filial Huaraz

Con la visación de la Gerencia General, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Unidad de Sistemas e Informática de la Oficina de Administración y Finanzas, y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su modificatoria Ley N° 27927, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, el Decreto Ley Nº 22155 ­ Ley Orgánica del CENFOTUR, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR, y la Directiva N° 008-2016-CENFOTUR/DN, denominada "Directiva de Gobierno Abierto, Transparencia, Acceso a la Información Pública, Participación y Colaboración para el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR", aprobada con Resolución Directoral N° 241-2016-CENFOTUR/DN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR como funcionarios responsables del Acceso a la Información Pública del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su modificatoria Ley N° 27927, a los siguientes funcionarios:
Sede Sede Central - Lima Centro Filial Cusco Centro Filial Chiclayo Responsable Jefe (e) de la Oficina de Administración y Finanzas Jefe (e) del Centro Filial Cusco Jefe (e) del Centro Filial Chiclayo

Que, asimismo, en su artículo segundo, resuelve designar al Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas como funcionario responsable de la actualización del Portal de Transparencia del CENFOTUR; Que, estando vigente la Directiva N° 008-2016-CENFOTUR/DN, denominada "Directiva de Gobierno Abierto, Transparencia, Acceso a la Información Pública, Participación y Colaboración para el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR", aprobada con Resolución Directoral N° 241-2016-CENFOTUR/DN, de fecha 26 de diciembre de 2016, y teniendo en cuenta lo estipulado en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, la Titular de la Entidad deberá designar al responsable del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del CENFOTUR, mediante resolución directoral que será publicada en el Diario Oficial El Peruano, y copia de la referida resolución será colocada en lugar visible de su sede administrativa, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Directoral N° 132-2012-CENFOTUR/DN, de fecha 11 de junio de 2012; Que, mediante Informe N° 071-2019-CENFOTUR-GG/ OAJ, de fecha 13 de junio de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que: i) Resulta viable que la máxima autoridad de la Entidad designe mediante resolución directoral al responsable del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, ii) Deberá dejarse sin efecto la Resolución Directoral N° 132-2012-CENFOTUR/DN, de fecha 11 de junio de 2012, iii) La resolución de designación deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y su copia deberá ser colocada en lugar visible de su sede administrativa, así como publicada en el Portal de Transparencia en la página web del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la resolución que designe al responsable del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR;

Artículo 2°.- DESIGNAR al Jefe (e) de la Unidad de Sistemas e Informática de la Oficina de Administración y Finanzas, en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su modificatoria Ley N° 27927, como funcionario responsable del Portal de Transparencia del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR. Artículo 3°.- DESIGNAR en cada Dirección, Sub Dirección, Oficina y Unidad Orgánica del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR, a su Director (e) y/o Jefe (e), respectivamente, como el responsable de la entrega de la información que se formule en el marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su modificatoria Ley N° 27927, así como del procesamiento de la información que se publique en el Portal de Transparencia, para lo cual deberán mantener relación directa con los funcionarios designados en los artículos precedentes. Artículo 4º.- DEJESE SIN EFECTO la Resolución Directoral N° 132-2012-CENFOTUR/DN, de fecha 11 de junio de 2012, así como las demás resoluciones que se opongan a la presente resolución. Artículo 5°.- PUBLIQUESE la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y su copia deberá ser colocada en lugar visible de la sede administrativa del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR. Artículo 6°.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, la supervisión del cumplimiento de la presente resolución. Artículo 7°.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, la notificación de la presente resolución a los funcionarios designados en los artículos precedentes. Artículo 8°.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente resolución a las áreas respectivas, a fin de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia. Artículo 9º.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente resolución en la página web del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. MADELEINE BURNS VIDAURRAZAGA Directora Nacional Centro de Formacion en Turismo 1785325-1