Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 5 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA Concha Moscoso Secretaria General 1785492-4

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es susceptible de recurso de reconsideración, ante el respectivo concejo municipal, dentro del plazo de quince días hábiles de notificada. Al respecto, cabe señalar que este recurso es opcional, en cuanto que su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación, de conformidad con el artículo 219 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Por ello, el acuerdo que resuelve el pedido de vacancia o el recurso de reconsideración, es susceptible de apelación, el cual es presentado ante el concejo municipal dentro de los quince días hábiles siguientes de notificado. 4. Por otro lado, en caso de que no se interponga medio de impugnación alguno dentro del plazo descrito, el alcalde de la comuna respectiva debe solicitar, ante el Jurado Nacional de Elecciones, la convocatoria de candidato no proclamado, a fin de que este órgano colegiado, previa verificación de la observancia del derecho al debido procedimiento de los administrados, convoque y expida la credencial correspondiente a la nueva autoridad. 5. En este caso, tal como se ha mencionado en los antecedentes de la presente resolución, el Concejo Distrital de Mariscal Cáceres, mediante el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 05-2019/MDMC/CM/SG, del 23 de abril de 2019 (fojas 18 a 20), declaró la vacancia de Josimar José Sobrevilla Aguirre, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas de concejo municipal o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 6. Por otro lado, se advierte que el regidor Josimar José Sobrevilla Aguirre fue notificado con el acuerdo de concejo que declaró su vacancia, el 29 de abril del 2019, no habiendo interpuesto recurso de apelación, según se indica en el Informe Nº 009-2019-YMCSG/MDMC-HVCA (fojas 49), por lo que la entidad edil, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 083-2019-MDMC/A, de fecha 21 de mayo de 2019 (fojas 21 y 22), declaró como acto firme y consentido el mencionado acuerdo de concejo. 7. En tal orden de ideas, se verifica que ha quedado consentida la decisión municipal que declaró la vacancia del regidor Josimar José Sobrevilla Aguirre. En consecuencia, corresponde, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, convocar a María Dolores Sayas Sullca, con DNI Nº 40462148, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Trabajando para Todos, a fin de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Mariscal Cáceres, provincia y departamento de Huancavelica. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 22 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Josimar José Sobrevilla Aguirre, como regidor del Concejo Distrital de Mariscal Cáceres, provincia y departamento de Huancavelica, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Dolores Sayas Sullca, con DNI Nº 40462148, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Trabajando para Todos, a efectos de que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mariscal Cáceres, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales a Israel, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1382-2019-MP-FN Lima, 19 de junio de 2019 VISTOS: Los Oficios N° 1400-2019-FSCEE-MP-FN y 1401-2019-FSC-EE-MP-FN, de fechas 19 de junio de 2019, cursados por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, y; CONSIDERANDO: Mediante los oficios de vistos, se solicita autorización para los señores Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales; José Domingo Pérez Gómez, Fiscal Provincial del Equipo Especial de Fiscales; y, Walter Edgardo Villanueva Luicho, Fiscal Adjunto Provincial del Equipo Especial de Fiscales, para viajar a la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel. La comisión de servicios tiene por finalidad desarrollar diligencias; así como efectuar coordinaciones en el marco de la investigación de carácter reservada que viene llevando a cabo el Equipo Especial de Fiscales. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los mencionados fiscales al Estado de Israel. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al Estado de Israel, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a los señores fiscales que se detallan a continuación: