Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2019 (05/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28

NORMAS LEGALES

Viernes 5 de julio de 2019 /

El Peruano

de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto de Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y en el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces; Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro en la partida del gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, por corresponder a ejecución de gastos capital; Que, mediante Oficio Nº 362-2019-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción el Informe Nº 051-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, a través del cual se sustenta la necesidad de disponer la autorización de las transferencias financieras a favor de nueve (09) Unidades Ejecutoras de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción, hasta por la suma de S/ 908 992,75 (NOVECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 75/100 SOLES), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, el importe de S/ 822 455,24 (OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 24/100 SOLES) y a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito el importe de S/ 86 537,51(OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE Y 51/100 SOLES), destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos siguientes: i) 05 Proyectos de "Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico en Problemas de Interés Público" ­ IAPIP; ii) 03 Proyectos de "I+D+i BIO" ­ IDIBIO; iii) 01 Proyecto "Perú Resiliente I+D+i" ­ RPR; iv) 01 Proyecto de "Equipamiento Científico de Laboratorios" ­ ECL; v) 01 Proyecto de "Extensionismo Tecnológico" ­ ET; vi) 01 Proyecto "Iniciativas Favorables a la Vinculación Entre la Oferta y Demanda de Servicios Tecnológicos" ­ IFVIN; y, vii) 01 Proyecto de "Becas de Repatriación de Investigadores" - BRI, los cuales se efectúan en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2019, señalando además que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar las mencionadas transferencias financieras, lo que se encuentra acreditado a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nos. 001123 a 001135; Que, mediante Oficio Nº 415-2019-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión favorable a la propuesta de modificación presupuestaria solicitada por la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, indicando que cumple con los criterios de evaluación detallados en los numerales 4 y 7 del Anexo 1 de los Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley Nº 30879, aprobado por la Resolución Directoral Nº 0022019-EF/50.01 y modificatorias; Que, mediante Memorando Nº 661-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe Nº 189-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Producción, hasta por la suma de S/ 908 992,75 (NOVECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 75/100 SOLES), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, el importe de S/ 822 455,24 (OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 24/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito el importe de S/ 86 537,51 (OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE Y 51/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, destinadas a efectuar los desembolsos referidos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; y el Anexo 01, Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2019-EF/50.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de las entidades públicas vinculadas a los Sectores de Educación y Producción señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 908 992,75 (NOVECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 75/100 SOLES), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, el importe de S/ 822 455,24 (OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 24/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito el importe de S/ 86 537,51 (OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE Y 51/100 SOLES), en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.