Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

90 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Viernes 23 de agosto de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban cronograma de actividades correspondiente a la tercera elección complementaria de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, periodo 2019 - 2020
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 14-2019-DA/MPC Callao, 20 de agosto del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Memorando Nº 1058-2019-MPC-GGPV, de la Gerencia General de Participación Vecinal, sobre tercera Elección Complementaria para la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Municipal Nº 000008-2011, se aprueba el Reglamento para representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 08-2019-DA/MPC de fecha 6 de mayo del 2019, se eligió al Comité Electoral y se convocó a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial; Que, habiéndose llevado a cabo la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial para el periodo 2019 - 2020, sin embargo no ha se cumplido con elegir a la totalidad de los representantes de la Sociedad Civil; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia General de Participación Vecinal, propone el cronograma para la tercera elección complementaria de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial que corresponde al segmento pendiente: Organizaciones Sociales de Base ­ Vaso de Leche; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el cronograma de actividades correspondiente a la tercera elección complementaria de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, periodo 2019 ­ 2020, que corresponde al segmento pendiente: Organizaciones Sociales de Base ­ Vaso de Leche, conforme al siguiente detalle: Inscripción de candidatos para el segmento pendiente: 27 y 28 de agosto del 2019. Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial del Callao: Jr. Paz Soldán Nº 252, Callao. Publicación de Candidatos del segmento: Organizaciones Sociales de Base ­ Vaso de Leche: 29 de agosto del 2019 Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial del Callao: Jr. Paz Soldán Nº 252, Callao. Portal www.municallao.gob.pe (Consejo de Coordinación Local Provincial 2019).

Tercera elección complementaria de representantes: 03 de setiembre del 2019 Horario: De 03.00 p.m. a 05.00 p.m. Lugar: Gerencia General de Participación Vecinal, Jr. Paz Soldán Nº 252, Tercer Piso, Callao. Artículo Segundo. Encargar a la Gerencia General de Participación Vecinal y al Comité Electoral designado por Decreto de Alcaldía Nº 08-2019-DA/MPC, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1800421-1

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 009-2019-MDLP, que aprobó beneficios y exoneraciones para el pago de deudas tributarias en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2019-MDLP La Perla, 19 de agosto de 2019 EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Memorándum Nº 0438-2019-GATR-MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 09 de Agosto de 2019 con Asunto: Prórroga de la Vigencia de Ordenanza Nº 009-2019MDLP, el Informe Nº 775-2019-GAJ-MDLP de Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 13 de Agosto de 2019, el Memorándum Nº 1353-2019-GM-MDLP de Gerencia Municipal de fecha 14 de Agosto de 2019, el Informe Nº 168-2019-GPP/MDLP de Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 15 de Agosto de 2019, el Informe Nº 788-2019-GAJ-MDLP de Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 16 de Agosto de 2019, el Memorándum Nº 1365-2019-GM-MDLP de Gerencia Municipal de fecha 16 de Agosto de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 ­ "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo, el artículo 42º de la Ley, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación a las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria;