Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 14
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NORMAS LEGALES
Viernes 23 de agosto de 2019 /
El Peruano
Que, la referida persona ha presentado su renuncia al cargo que se le designó, por lo que corresponde aceptar su renuncia y corresponde designar a la persona que se desempeñará en el referido cargo; Con los visados de la Secretaria General, de la Jefa encargada de la Oficina General de Recursos Humanos y del Jefe encargado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Augusto Roberto Lafora Manccini al cargo de Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Jorge Luis Becerra Pajuelo como Jefe de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1800441-1
la Ley N° 30881, previstos en la Unidad Ejecutora 002 Administración de la Deuda; Que, el párrafo 25.1 del artículo 25 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar los proyectos de inversión que estén incluidos en los Anexos 1-A, 1-B, 2-A, 2-B y 4 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 19 de la Ley N° 30881, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, diversos Gobiernos Locales han solicitado recursos al Ministerio de Economía y Finanzas para el financiamiento de proyectos de inversión, en el marco del artículo 25 de Ley N° 30970, los cuales cumplen con las condiciones y requisitos señalados en dicho artículo; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 79 356 832,00 (SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de veintiocho (28) Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de treinta y dos (32) proyectos de inversión a cargo de dichas entidades, en el marco del artículo 25 de la Ley N° 30970; De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas; DECRETA: Artículo 1.- Autorización de Transferencia de Partidas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 79 356 832,00 (SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de veintiocho (28) Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de treinta y dos (32) proyectos de inversión a cargo de dichas entidades, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA : SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Locales para el financiamiento de proyectos de inversión
DECRETO SUPREMO Nº 269-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Ley N° 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, si como consecuencia de la implementación de operaciones de administración de deuda aprobadas en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, y de la referida Ley, se liberan los recursos previstos en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2019 en la genérica de gasto para el pago del servicio de deuda, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, está autorizado a reorientar los montos establecidos en el inciso 2 del párrafo 3.2 del artículo 3 y en el párrafo 7.1 del artículo 7 de la citada Ley N° 30881, para ser destinados al financiamiento de proyectos de inversión pública en los sectores de salud, educación, agricultura y riego, transporte y comunicaciones, y en vivienda y saneamiento; Que, mediante Resolución Directoral N° 094-2019EF/43.01 se autoriza una modificación presupuestaria en el nivel funcional programático, en el pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 001 Administración General, para habilitar recursos a la Reserva de Contingencia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 19 de
: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 79 356 832,00 -------------------79 356 832,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO