Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

44

NORMAS LEGALES

Viernes 23 de agosto de 2019 /

El Peruano

Artículo 2.- Disponer que KIMBERLY - CLARK PERU S.R.L. construya las obras descritas en su solicitud, según el Calendario de Ejecución de Obras, en el que la puesta en servicio de la Central Térmica de Planta Puente Piedra está prevista, a más tardar, el 09 de setiembre de 2019. El incumplimiento de la ejecución de dichas obras, de acuerdo con el citado Calendario, conllevará a la revocación de la presente autorización. Artículo 3.- Disponer que KIMBERLY - CLARK PERU S.R.L. opere la Central Térmica de Planta Puente Piedra, cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1798252-1

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante el Informe Nº 052-2019/COE-TPC, del 4 de abril de 2019, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, propone acceder a la solicitud de extradición activa del requerido, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de peculado y falsificación de documentos, en agravio de la Empresa de Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajos Industriales ­ SENATI; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito el 25 de julio del 2001, vigente desde el 25 de agosto del 2003; así como al Código Procesal Penal peruano respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ LUIS MÁLAGA ROMERO, formulada por la Primera Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, declarada procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de peculado y falsificación de documentos, en agravio de la Empresa de Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajos Industriales ­ SENATI; y, disponer su presentación por vía diplomática a los Estados Unidos de América, conforme al Tratado vigente y la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1800497-6 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 190-2019-JUS Lima, 22 de agosto de 2019 VISTO; el Informe Nº 081-2019/COE-TPC, del 28 de mayo de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del procesado SIMÓN PORTUGAL RODRÍGUEZ ORBEGOSO al Reino de España, formulada por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para ser procesado por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Kevin Alejandro Rodríguez Vásquez;

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa y disponen su presentación por vía diplomática a EE.UU. y España
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 189-2019-JUS Lima, 22 de agosto de 2019 VISTO; el Informe Nº 052-2019/COE-TPC, del 4 de abril de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ LUIS MÁLAGA ROMERO a los Estados Unidos de América, formulada por la Primera Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de peculado y falsificación de documentos, en agravio de la Empresa de Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajos Industriales ­ SENATI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 2 de abril de 2018, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ LUIS MÁLAGA ROMERO, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de peculado y falsificación de documentos, en agravio de la Empresa de Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajos Industriales ­ SENATI (Expediente N° 20-2018);