Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 23 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese y Comuníquese. CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA Superintendente Nacional 1799875-2

Aprueban la Directiva "Lineamientos para gestionar el cese del personal de seguridad de las empresas de servicios de seguridad privada y personas jurídicas autorizadas bajo la modalidad de servicio de protección por cuenta propia"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 547-2019-SUCAMEC Lima, 19 de agosto de 2019 VISTO: El Informe Técnico N° 005-2019-SUCAMECGSSP, de fecha 27 de febrero de 2019, de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada; el Informe Técnico N° 038-2019-SUCAMEC-OGPP, de fecha 14 de marzo de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00336-2019-SUCAMECOGAJ, de fecha 07 de agosto 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal h) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1127 y el literal j) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional, emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, los literales a) y g) del artículo 35° del ROF de la SUCAMEC establecen como funciones de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada, respectivamente, "Proponer los lineamientos relativos a la expedición, renovación, ampliación o cancelación de funcionamiento de los servicios de seguridad privada, en sus diversas modalidades" y "Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias"; Que, por consiguiente, mediante Informe Técnico N° 005-2019-SUCAMEC-GSSP, la GSSP sustentó la necesidad de establecer lineamientos para gestionar el cese del personal de seguridad de las empresas de servicios de seguridad privada y personas jurídicas autorizadas bajo la modalidad de servicio de protección por cuenta propia y, por ende, propuso el correspondiente proyecto de Directiva; Que, con Informe Técnico N° 038-2019-SUCAMECOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el citado proyecto de Directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación, conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2014-SUCAMEC "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil" y a lo establecido en la Directiva PE01.01/ OGPP/DIR/01.01 "Directiva que regula el proceso de formulación, revisión, aprobación, codificación, registro y difusión de directivas de la SUCAMEC, en el marco de la gestión por procesos";

Que, mediante Informe Legal N° 00336-2019-SUCAMEC-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la aprobación del referido proyecto de Directiva, toda vez que no contraviene normas legales vigentes, asimismo, se encuentra en el marco de las competencias y funciones de la SUCAMEC; Con el visado del Gerente de Servicios de Seguridad Privada, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerente General; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127­Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 0172013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva con código N° PM01.05/GSSP/DIR/10.01 "Lineamientos para gestionar el cese del personal de seguridad de las empresas de servicios de seguridad privada y personas jurídicas autorizadas bajo la modalidad de servicio de protección por cuenta propia", la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La Directiva aprobada mediante el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Superintendencia que aprueba la Directiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese y Comuníquese. CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA Superintendente Nacional 1799875-3

Aprueban la "Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 548-2019-SUCAMEC Lima, 19 de agosto de 2019 VISTO: El Informe Técnico N° 00011-2019-SUCAMECGSSP de fecha 26 de marzo de 2019, de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada; el Informe Técnico N° 093-2019-SUCAMEC-OGPP de fecha 29 de mayo de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00335-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 07 de agosto de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal h) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1127 y el literal j) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente