Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Viernes 23 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, con Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima. De igual modo, mediante Ordenanza N° 1911-MML, publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de noviembre de 2015, se norman los procedimientos de cambio de zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1617; Que, a través de la Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica, que forman parte de las áreas de Tratamiento Normativo I, II y IV de Lima Metropolitana; Que, mediante Expediente N° 102526-2018 de fecha 03 de abril de 2018, el señor Felipe Cebrecos Revilla, solicita el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Básica (E1), para el terreno de 6,805.28 m², ubicado frente a la Av. Francisco Bolognesi, Lotes 17 al 20 de la Parcela "D" del Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Oficio N° 209-2018-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 09 de abril de 2018, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ate, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza N° 1911; Que, con Oficio Nº 107-2018-MDA/GDU, recepcionado el 30 de noviembre de 2018, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ate, remite, fuera de plazo, el Acuerdo de Concejo N° 099-2018/MDA, con la opinión no favorable a la solicitud del cambio de zonificación. Asimismo, la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro de la Municipalidad Distrital de Ate, mediante el Informe Nº 936-2018-MDA/GDU-SGPUC de fecha 03 de setiembre de 2018, señala que de acuerdo al Planeamiento Integral de Secciones Viales del Sector Catastral Nº 28-Manylsa, aprobado mediante Ordenanza Nº 443-MDA de fecha 28 de junio de 2017, que modifica la Ordenanza Nº 242-MDA y Ordenanza Nº 390-MDA, la vía local reflejada en el Plano de Zonificación aprobado mediante Ordenanza Nº 1099, no se mantiene como tal en los estudios de los Planeamientos Integrales aprobados, así como tampoco corresponde a la realidad física. En ese sentido, precisa que el predio materia de cambio de zonificación no estaría afecto a ninguna vía local. Además, con el Oficio Nº 017-2019-MDA/GIU del 09 de mayo de 2019, la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo de la Municipalidad Distrital de Ate, emite opinión actualizada sobre el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Básica (E1), señalando dar cumplimiento a lo solicitado dentro del plazo señalado por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Oficio Nº 633-2019-MML-GDU-SPHU, a efectos que se continúe con el procedimiento correspondiente; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, con Oficio N° 0229-19-MML-IMP-DE de fecha 15 de febrero de

2019, hace de conocimiento que se procedió a la nueva evaluación de la solicitud presentada, y al no contener nuevos elementos de análisis que justifiquen actualizar o modificar la opinión vertida, se ratifica en lo expresado en el Informe CEZ Nº 0016-2018-MML-IMP-DE/DGT en todos sus aspectos, reiterando la opinión favorable al cambio solicitado de Residencial de Densidad MediaRDM a Educación Básica-E1; Que, mediante el Informe N° 088-2019-MML-GDUSPHU-DP de fecha 14 de marzo de 2019, la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, concluye que el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Básica (E1), para el predio ubicado frente a la Av. Francisco Bolognesi, Lotes 17 al 20 de la Parcela "D" del Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, de propiedad del señor Felipe Cebrecos Revilla, resulta favorable, por cuanto se enmarca dentro de la visión de desarrollo del distrito, el cual busca cubrir el déficit de equipamiento educativo en el sector, toda vez que, se ha considerado en la normativa de zonificación vigente, densificar el área donde se ubica el predio. Asimismo, el uso propuesto y existente de Centro Educativo, es compatible con la zonificación vigente de Residencial de Densidad Media RDM, de acuerdo con la Ordenanza N° 1099; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en sus Dictámenes N° 023 y N° 026-2019-MML-CMDUVN, de fechas 03 y 09 de abril de 2019, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA N° 1099 Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación del distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Básica (E1), para el terreno de 6,805.28 m², ubicado frente a la Av. Francisco Bolognesi, Lotes 17 al 20 de la Parcela "D" del Fundo La Estrella, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; solicitado por el señor Felipe Cebrecos Revilla, conforme al Anexo N° 01, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar, al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Ate, la modificación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a los administrados, así como a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Cuarto.- Publicar la presente ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1799742-4

Aprueban Plan Específico de una parte de la "Quebrada el Lúcumo Proyecto Los Bosques de Lurín" del distrito de Lurín
ORDENANZA Nº 2171 Lima, 15 de agosto de 2019