Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2019 (23/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Viernes 23 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Transporte y Seguridad Vial, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1800239-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Modifican la Ordenanza N° 029-2018-MDMM, incorporan procedimientos administrativos estandarizados de Licencias de Funcionamiento al TUPA de la Municipalidad y aprueban formato de declaración jurada
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2019-A-MDMM Magdalena del Mar, 5 de abril de 2019 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe Nº 194-2019-SGCADE-GDUO-MDMM de la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, el Memorando Nº 520-2019-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, el Informe Nº 130-2019-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 473-2019-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1157-2019-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 y modificatorias. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 029-2018-MDMM, se aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Administrativos y los derechos de tramitación prestados en exclusividad vinculados a Licencias de Funcionamiento e incorporándolos al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 476-MML; Que, con fecha 09 de marzo de 2019, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, Decreto Supremo que aprueba los procedimientos Administrativos Estandarizados de la Licencia de Funcionamiento, en cumplimiento del artículo 41º del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 44.5 del artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos, toda modificación que

no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se podrá realizar, en el caso de Gobiernos Locales, mediante Decreto de Alcaldía; Que, en esos contextos la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del documento de vistos, presenta la propuesta de adecuación y modificación de procedimientos administración correspondientes a la Subgerencia Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, elaborada acorde con los lineamientos técnicos y legales vigentes sobre la materia, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 045-2018-PCM y Decreto Legislativo Nº 1353; Que, el numeral 41.1) del Artículo 41º Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las municipalidades incorporaran los procedimientos administrativos estandarizados en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos TUPA; Que, en virtud de lo expuesto corresponde adecuar y modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad ­ TUPA, aprobado mediante Ordenanza Nº 029-2018-MDMM, a fin de adecuar los procedimientos administrativos Estandarizados de Licencias de Funcionamientos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero y Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 029-2018-MDMM, en lo que respecta a las licencias de funcionamiento. Artículo Segundo.- APROBAR los costos, requisitos y plazos de los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento a cargo de la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico e incorporarlos al Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados por Ordenanza Municipal Nº 029-2018-MDMM, de acuerdo al anexo Nº 1 y que forma parte del presente decreto. Artículo Tercero.- INCORPORAR los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencias de Funcionamiento a cargo de la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico al Texto Único Procedimientos Administrativos aprobados por Ordenanza Municipal Nº 029-2018-MDMM, de acuerdo al anexo Nº 1 y que forma parte del presente decreto. Artículo Cuarto.- APROBAR el formato de Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento de acuerdo con el formato establecido por Decreto de Supremo Nº 045-2019PCM, conforme se detalla en el anexo Nº 2, el mismo que forma parte integrante del presente documento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal de Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR el presente Decreto y sus anexos a las instancias que correspondan para los fines de su cumplimiento. Artículo Séptimo.- VIGENCIA el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1799912-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.