Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2018 (31/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 31 de octubre de 2018 /

El Peruano

Artículo 1º.- AUTORIZAR, EL VIAJE AL EXTERIOR, del Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, Dr. ALBERTO BACILIO QUISPE COHAILA, a la ciudad de Buenos Aires ­ Argentina, del 03 al 11 de noviembre del 2018, con la finalidad de gestionar, coordinar convenios y compromisos de trabajo; así mismo, representar junto a la delegación de estudiantes de nuestra universidad en la pasantía programada en la Universidad de Buenos Aires ­ Argentina. Artículo 2º.- AUTORIZAR, los VIÁTICOS AL EXTERIOR correspondientes por nueve (9) días, a razón de U.S. $200.00 dólares americanos por día; así mismo, la adquisición de los Pasajes Terrestres: Moquegua-Tacna y su retorno correspondiente. Así como la adquisición de los Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales: Tacna Lima ­ Buenos Aires (Argentina) y viceversa. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente JOSÉ C. CARRASCCO CASTRO Secretario General (e) 1707429-1

Mediante la Resolución Nº 00098-2018-JEE-CHAC/ JNE, del 29 de junio de 2018, el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas (en adelante, JEE), declaró inadmisible la solicitud de inscripción de lista de candidatos de la organización política, bajo los siguientes argumentos: a. La organización política ha designado candidatos que no cuentan con la condición de afiliados, conforme el literal a del artículo 24 y el artículo 26 de su estatuto, por cuanto, Segundo Miguel García Alvarado, Luz Armandina Chuqui López, Hermógenes Puerta Inga, Gleydis Trigoso Trauco y José Alejandro López Zabarburú, no se encuentran afiliados a la organización política, ello conforme a la verificación de la consulta web del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP). b. El Plan de Gobierno y el Formato Resumen, no se encuentran firmados por el personero legal titular, ya que solamente cuenta con una rúbrica que no permite identificar al firmante. Con escrito de fecha 3 de julio de 2018, la mencionada personera legal de la organización política subsanó las omisiones advertidas, presentando para ello, la documentación correspondiente, a fin de cumplir con el requerimiento efectuado por la resolución de inadmisibilidad. A través de la Resolución Nº 00148-2018-JEE-CHAC/ JNE, del 7 de julio de 2018, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos, en el extremo de las inscripciones de Segundo Miguel García Alvarado, Luz Armandina Chuqui López, Hermógenes Puerta Inga, Gleydis Trigoso Trauco y José Alejandro López Zabarburú, debido a que estos no cuentan con la condición de afiliados a la organización política; empero, admitió la inscripción de Lilia Cruz López, postulante a regidora Nº 4 para la Municipalidad Distrital de Sonche, por considerar que dentro de los candidatos de la solicitud de inscripción presentada, únicamente, esta ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la ley. Contra la referida resolución, el 12 de julio de 2018, Aquelino Chuquizuta Huamán, actual personero legal titular de la organización política, interpuso recurso de apelación, alegando principalmente: a) La resolución recurrida contraviene los principios constitucionales de la debida motivación y congruencia. b) Si bien es cierto, no se ha podido verificar la condición de afiliados ante el ROP, de los candidatos Segundo Miguel García Alvarado, Luz Armandina Chuqui López, Hermógenes Puerta Inga, Gleydis Trigoso Trauco y José Alejandro López Zabarburú, no es menos cierto que tal requisito se puede cotejar en las fichas de inscripción de los precitados candidatos, que se adjuntan al presente recurso, debidamente legalizadas por notario público; máxime si mediante acuerdo de la organización política, plasmado en el Acuerdo Nº 001-2018-CRE/MPSA, se suspendió la exigencia de ser afiliado para ser candidato por ella. Con la Resolución Nº 00208-2018-JEE-CHAC/JNE, del 13 de julio de 2018, el JEE concedió el recurso de apelación interpuesto y ordenó que se eleven los actuados al Jurado Nacional de Elecciones para que resuelva conforme a ley. CONSIDERANDOS Base Normativa 1. El artículo 176 de la Constitución Política del Perú establece que el Jurado Nacional de Elecciones, como parte del sistema electoral, tiene por finalidad constitucional, conjuntamente con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. 2. Para el cumplimiento de los fines antes mencionados, la Carta Magna (artículo 178) y la Ley Nº

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolución en el extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde y candidatos a regidores para el Concejo Distrital de Sonche, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN Nº 1177-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018020655 SONCHE - CHACHAPOYAS - AMAZONAS JEE CHACHAPOYAS (ERM.2018005870) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiséis de julio de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Aquelino Chuquizuta Huamán, actual personero legal titular de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, en contra de la Resolución Nº 00148-2018-JEE-CHAC/JNE, del 7 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Segundo Miguel García Alvarado, candidato a alcalde distrital, así como de Luz Armandina Chuqui López, Hermógenes Puerta Inga, Gleydis Trigoso Trauco y José Alejandro López Zabarburú, candidatos a regidores, para el Concejo Distrital de Sonche, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Con fecha 18 de junio de 2018, Anet Pilar Valle Barrera, anterior personera legal titular de la organización política Sentimiento Amazonense Regional (en adelante, organización política) presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos, para el Concejo Distrital de Sonche, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (en adelante, ERM 2018).