Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2018 (31/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 31 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; así mismo, señala, que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1153, publicado el 12 de setiembre del año 2013, se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2017RMDD/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora 401 Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado. Que, a través del literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, se exceptuó de la prohibición de nombramiento, el supuesto de nombramiento de hasta el 20% de la PEA de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, definidos a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº1153. Que, según Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se ha previsto el nombramiento hasta del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la Salud y de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS). Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 428-2018/ MINSA, se Aprueba los Lineamientos para el nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS), en el marco de lo dispuesto en el literal g) del numeral 8.1 y numeral 8.4 del artículo 8 de la precitada Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Que, en mérito a la propuesta presentada por la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, mediante Oficio Nº 1260-2018-GOREMAD/DIRESA-MDD-OEA-OP/DG, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) ha emitido el Informe Técnico Nº 144-2018-SERVIR/GDSRH, el mismo que concluye, entre otros, que "los proyectos de CAP Provisional de la DIRESA Madre de Dios, y la Unidad Ejecutora 401: "Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado", "se enmarcan en la situación contemplada en los numerales 1.2 y 1.3 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GPGSC", "el incremento o utilización de los cargos existentes previstos en el proyecto CAP Provisional... se encuentran justificados en mérito a lo establecido en el numeral 8.1 del literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el cual autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153..."; que "se han elaborado sobre la base de la estructura orgánica aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones y con los cargos estructurales aprobados en el Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud, respetando la clasificación de los mismos, guardando coherencia en la codificación"; asimismo se "respetan los límites establecidos para el número de cargos de confianza, según lo dispone la Ley Marco del Empleo Público y el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM", y que finalmente; "se han formulado sobre la base de los CAP - Provisional reordenados que fueron aprobados por resolución del titular de la entidad..." y que tales acciones se enmarcan en "...lo establecido en el artículo 5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH". Advierte asimismo que de las 31 PEAS correspondientes a dicho proceso, se están creando 08 cargos., fuera de los 23 cargos considerados en el CAP-P en situación de "previstos". Que, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, luego de examinar el ámbito de excepción a la prohibición de nombramiento de personal en el sector público, determinada por el

Decreto Legislativo Nº 1153, ha comprobado que las condiciones y requisitos establecidos para la aprobación del CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud Madre de Dios, se han cumplido, de conformidad con dicha norma y con el numeral 3 de la Segunda Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el cual previene que los cargos a ser cubiertos mediante nombramiento deben estar previstos en el CAP Provisional, sin exceder el porcentaje establecido en la Ley del Presupuesto del Sector Público 2018, opinando mediante Informe Legal Nº 722-2018-GOREMAD/ORAJ, por la procedencia de la aprobación de dicho documento de gestión institucional. Que, mediante Informe Nº 003-2018-GOREMAD/ HSR-DE, la Dirección Ejecutiva del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, absuelve las observaciones formuladas por la Comisión de Salud a través del Oficio Nº 027-2018-GOREMAD-CR-P-CSPDSSCYDC y pode se priorice su aprobación. Que, la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, luego de examinar exhaustivamente la propuesta presentada por el Director Ejecutivo del Hospital Santa Rosa, ha formulado observaciones puntuales expresadas en el Oficio Nº 027-2018-GREMADCR-P-CSPDSSCYDC, que han sido materia de absolución mediante Informe Nº 003-2018-GOREMAD/HSR-DE, del Director Ejecutivo del Hospital Santa Rosa, por el cual simultáneamente solicita su priorización en la agenda para la aprobación del referido documento de gestión; por lo que en su Dictamen Nº 003-2018-GOREMAD/CSPDSSCYDC, concluye a favor de la propuesta de Cuadro de Asignación de Personal Provisional 2018 (CAP-P) de la U.E. 401- Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, que consta de 466 cargos en total, de los cuales 343 tienen la situación de "ocupados" y 123, la situación de "previstos". El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, luego del análisis y debate correspondiente, por unanimidad. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional 2018 (CAP-P) de la Unidad Ejecutora 401- Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, el mismo que crea ocho (08) cargos, determinando un total de cuatrocientos sesentiseis (466) cargos, de los cuales trescientos cuarenta y tres (343) tienen la condición de "ocupados" y ciento veintitrés (123) la situación de "previstos", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- DISPENSAR, la presente norma regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. YILMER GONZALES KHAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. LUIS OTSUKA SALAZAR Gobernador Regional 1707426-1