Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2019 (23/03/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 90
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OBRAS PÚBLICAS / AFECTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS CÓDIGO DESCRIPCIÓN SANCIÓN
NORMAS LEGALES
Sábado 23 de marzo de 2019 /
El Peruano
OBRAS PÚBLICAS / AFECTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS CÓDIGO DESCRIPCIÓN
SANCIÓN MEDIDA MEDIDA PECUCOMPLENIARIA MENTARIA UIT 20%
INFRACTORES Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público
MEDIDA MEDIDA PECUCOMPLENIARIA MENTARIA UIT
INFRACTORES
Por no presentar el plan anual de obras en medio digital a la municipalidad la primera 1960 semana de diciembre del año anterior a su ejecución, a pesar de haber sido requerido por la Municipalidad Por no presentar con un mes de anticipación a su ejecución la incorporación 1961 y aprobación de las modificaciones al plan anual de obras Por no cumplir de forma reiterada a pesar del requerimiento con incluir 1962 en el plan anual de obras lo indicado en el artículo 8 de la Ley Nº 30477 Por causar aniegos que perjudiquen o deterioren bienes de propiedad 1931 de terceros o bienes de servicios o uso público por rotura o atoro de tuberías o matriz de agua o desagüe Por hundimientos o rotura de pista originado por el rompimiento de tubería, 1963 mala instalación o falta de mantenimiento de tuberías matrices, o conexiones domiciliarias.
1 UIT
Ejecutor de Por impedir acciones de obra / empresa 1964 fiscalización y control en las prestadora de obras ejecutas en vía pública servicio público
Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público
1 UIT
1 UIT
Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público
3 UIT
Reparación y / o paralización de obra
Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde a fin que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Urbano la notificación a las empresas prestadoras de servicios públicos de saneamiento, electricidad, telecomunicaciones, gas natural y de servicios públicos locales que intervinieran las vías con las especificaciones técnicas de la misma, comunicándoles la obligación de restituirlas, conforme a lo ordenado por la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la efectiva difusión de la presente Ordenanza, en la página web institucional (www.munisanmiguel.gob.pe). Quinta.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Sexta.- DISPÓNGASE que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.
Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público
3 UIT
Reparación
JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1752308-1