Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2019 (23/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Sábado 23 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA

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Que, el numeral 7.1) del artículo 7° de la Ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala al titular de la entidad como la más alta autoridad ejecutiva, quien en materia presupuestaria es responsable de manera solidaría con el Concejo Municipal. Asimismo, establece que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las leyes de presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, configurándose en este caso responsabilidad solidaria entre el titular y el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40° de la ley en mención, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante resoluciones del titular. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, estando recargada la labor de gestión y dirección de la Corporación Municipal, corresponde delegar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático del pliego correspondiente al ejercicio 2019 en el Gerente Municipal; Que, la delegación de la competencia para conocer modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, no se transfiere atribuciones para emitir normas generales, como son las Ordenanzas Municipales y los Decretos de Alcaldía, ni para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso; como tampoco se delegan atribuciones a su vez recibidas por delegación. Evidentemente, la resolución de alcaldía que dispone la delegación de competencia es de carácter temporal de la transferencia y exige que la autoridad delegada exprese que actúa vía delegación e informe de ello a los administrados; sin perjuicio, del deber de vigilancia de la autoridad delegante. Estando a lo expuesto, de conformidad con el numeral 72.1) del artículo 72° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la autorización del Gerente de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Gerente de Asuntos Jurídicos y Gerente Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DELEGAR en WIGBERTO NICANOR BOLUARTE ZEGARRA, Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, la facultad de FORMALIZAR, mediante Resolución de Gerencia Municipal, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 2019, conforme y sujeto a la normatividad de la materia. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás áreas competentes, el fiel cumplimiento de lo dispuesto. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Comas y en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1752584-1

VISTO: El Memorándum Nº 000553-2019-GMMDI, de fecha 26 de febrero del 2019, de la Gerencia Municipal, respecto a la designación de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Independencia y de sus miembros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que presentan servicios en las entidades públicas del Estado, así como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92° de la Ley N° 30305, concordante con el artículo 94° de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, las autoridades de los órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El secretario técnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones, es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes; Que, mediante el Informe N° 000061-2019-SGP-GAFMDI, de fecha 16 de enero del 2019, la Sub Gerencia de Personal, señala que urge se efectúe de manera inmediata la designación del Secretario Técnico, a fin que continúe con el trámite de los Procesos Disciplinarios pendientes de tramitar; Que, mediante el Informe Legal N° 000072-2019-GALMDI, de fecha 11 de febrero del 2019, la Gerencia de Asesoría Legal, opina de manera favorable la designación del Secretario Técnico de la Entidad y colaboradores de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, debiendo ser designados mediante Resolución de Alcaldía; Que, mediante el Memorando Nº 000553-2019-GMMDI, de fecha 26 de febrero del 2019, la Gerencia Municipal, remite su propuesta para la designación de los miembros de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios conforme se detalla a continuación:
- JHAN ANTONIO VELASQUEZ AQUIÑO - GUISELLE FIGUEROA LEON - MARISOL JOYA PORTOCARRERO - SECRETARIO TECNICO - MIEMBRO - MIEMBRO

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Designan de manera temporal a miembros de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 000090-2019-MDI Independencia, 27 de febrero del 2019

Asimismo, hace mención que la propuesta es provisional, mientras dure el proceso de contratación Administrativa de Servicios - CAS, por lo que se requiere designar de manera temporal a funcionarios de la corporación municipal; Estando a lo expuesto, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Asesoría Legal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.DESIGNAR de manera temporal a la Secretaría Técnica, quien actuará como apoyo de los órganos instructores del Procedimiento