Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2019 (23/03/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

78

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de marzo de 2019 /

El Peruano

y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaria Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Teresa Elvira Lucich Villarreal postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE:

Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, modificado por la Resolución SBS N° 808-2019 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Jorge Luis Bellido Sulca, con matrícula número N-4528, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Teresa Elvira Lucich Villarreal, con matrícula número N-4674, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1752205-1

CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1752670-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional Contra la Trata de Personas en la Región Ica 2019-2022
ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2019-GORE-ICA Ica, 13 de marzo de 2019 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del 14 de febrero de 2018. VISTO el Dictamen N° 001-2019-CRI/CDEIS, de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° inciso 1 de la Constitución Política del Estado consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar; y su inciso 24 literal b) establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, señalando que está prohibida toda forma de esclavitud, servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. Que, por ley N° 27867, modificada por la ley N° 27902, se dicta la ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Asimismo, en su Artículo 60° literal h), señala como función de los gobiernos regionales en materia de desarrollo e igualdad de oportunidades: "Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección

Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1089-2019 Lima, 18 de marzo de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Jorge Luis Bellido Sulca para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1250-2017 de fecha 24 de marzo de 2017, se autorizó la inscripción del señor Jorge Luis Bellido Sulca como Corredor de Seguros de Personas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 28 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Jorge Luis Bellido Sulca postulante a Corredor de