Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de julio de 2019 /

El Peruano

hábiles, siempre que la infracción sea subsanable y de acuerdo al CUIS. b) Clausura definitiva: Aplicable en caso de reincidencia de una infracción que contemple la clausura temporal y/o de acuerdo al CUIS. En caso se detecten casos de grave riesgo, o atentados contra las buenas costumbres y la moral, o cuando la Subgerencia de Fiscalización Administrativa o Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano lo considere pertinente, se dispondrá su clausura inmediata. (...) h) PARALIZACIÓN DE OBRA: Consiste en la suspensión de las labores en una construcción por no contar con licencia de obra, por no ejecutase conforme al proyecto aprobado, por incumplimiento de las observaciones de la supervisión, por contravenir las normas contenidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones o normas sobre la materia o cuando se ponga en peligro la salud, higiene o seguridad pública. En caso de desacato a la orden de paralización de obra, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa o la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano realizarán las acciones necesarias a efectos de que la Procuraduría Pública Municipal formule la denuncia penal por desobediencia o resistencia a la autoridad municipal. En la ejecución de la medida se empleará cualquier medio de coacción o ejecución forzosa tales como adhesión de carteles, intervención del material de construcción en tránsito hacia la obra, el uso de instrumentos o herramientas de cerrajería, tapiado de accesos, colocación de cercos humanos entre otros. Levantada el acta respectiva, la autoridad municipal, procederá a colocar el cartel, el mismo que dispone la medida y el sustento de la misma, asimismo a fin de realizar esta medida se podrá emplear cualquier medio a fin de efectivizar la medida. k) EJECUCIÓN DE OBRA Y/O REPOSICIÓN: Consiste en la realización de trabajos de reparación o construcción destinados a reponer las cosas al estado anterior a la comisión de la conducta infractora a fin de cumplir con las disposiciones municipales. La Subgerencia de Fiscalización Administrativa o Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano en coordinación con las áreas pertinentes, dispondrá las reparaciones o construcciones necesarias destinadas a reponer la estructura inmobiliaria al estado anterior al de la comisión de la infracción o a cumplir con las disposiciones municipales, adoptando para ello las medidas que estime convenientes. (...). - DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES (...) Quinta: Supletoriamente, serán de aplicación a la presente ordenanza, las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el TUO de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, Código Procesal Civil y las Ordenanzas Nº 394-MVES y Nº 369MVES, que aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA y el Reglamento de Organización y Funciones, ROF, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, respectivamente. (...) Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, a la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Unidad de Administración Documentaria y Archivo Central. Artículo Cuarto.- DISPONER la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en el Portal Institucional de esta Corporación Edil (www.munives.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primero.- DISPONER que en su oportunidad se modifique el Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados, aprobado por la Ordenanza Nº 369-MVES, a fin de que la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano emita la Notificación de Papeleta de Imputación, Acta de Fiscalización, Acta de Clausura Inmediata y Acta de Paralización de Obra y pueda Monitorear los procedimientos administrativos de sanciones. Asimismo, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa emita la Notificación de Papeleta de Imputación, Acta de Fiscalización, Acta de Clausura Inmediata y Acta de Paralización de Obra, conforme a lo establecido en la presente ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde ANEXO Nº II Nº ACTA DE FISCALIZACIÓN FECHA DE INICIO ................ HORA DE INICIO ................. FECHA DE TERMINO .............. HORA TERMINO ......................

En el Distrito de Villa El Salvador, en la dirección ........................ ............................................................................................ Y en presencia de los Sr(a)s ................................. .................. ...................................................................................................... Se procedió a levantar el Acta de Fiscalización en merito a lo señalado en la Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, concordante con la Ordenanza Municipal Nº 385-MVES que prueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas: Objeto de Fiscalización. ............................................................................................. ........................................................................................... ........................................................................................... ............................................................................................. ........................................................................................... ............................................................................................. ........................................................................................... ........................................................................................... ............................................................................................. .............................................................................................. Se deja constancia de: ............................................................................................. ........................................................................................... ............................................................................................ En prueba de lo actuado se Firman ____ ejemplares a los ___ dias del mes de _________ del 201__ ........................................... Inspector Municipal ........................................... Nombre y Apellido DNI Nº .............. Codigo ......... ........................................... Intervenido ........................................... Nombre y Apellido DNI Nº ..........................

........................................... Testigo ........................................... Nombre y Apellido DNI Nº .......................................