Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de julio de 2019 /

El Peruano

Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil" aprobada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE y, lo establecido en los artículos 4 literal l), 9 y 10 literal l) del Manual de Operaciones de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Ministerio de Educación, aprobado a través de la Resolución Ministerial Nº 205-2015-MINEDU modificada por Resolución Ministerial Nº 384-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA al 15 de julio de 2019, la designación del abogado AUGUSTO DAVID MELGAREJO TAMBINI, servidor contratado bajo el Régimen Laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios - RECAS del Decreto Legislativo Nº 1057, como Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Ministerio de Educación, conferido mediante la Resolución Directoral Nº 048-2019-MINEDU/VMGP/DIGERE de fecha 13 de junio de 2019. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 16 de julio de 2019, a la abogada JOHANA FILOMENA OJEDA SOTO, servidora contratada bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios del Decreto Legislativo Nº 1057, como Secretaria Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a los mencionados servidores y a la Unidad de Administración de este órgano desconcentrado, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. SANDRA NORMA CARDENAS RODRIGUEZ Directora de Gestión de Recursos Educativos 1791768-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1088-2019-IN Lima, 23 de julio de 2019 VISTOS, el Oficio N° 972-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001872-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 214-2014-JUS de fecha 03 de diciembre de 2014, el Estado Peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano argentino Mario Alberto Suárez, formulada por el Segundo Juzgado Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública ­ Tráfico Ilícito de

Drogas, en su modalidad agravada, en agravio del Estado peruano y dispone su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, a través del Oficio N° 7426-2019-SCGPNP/ DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 11 de julio de 2019, la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Lima comunica la designación del Comandante de la Policía Nacional del Perú Martín Óscar Díaz Vásquez y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Santos Panta Flores, como encargados de la ejecución de la extradición activa del ciudadano argentino Mario Alberto Suárez; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 227-2019-COMGENPNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 17 de julio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Martín Óscar Díaz Vásquez y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Santos Panta Flores, propuestos por la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Lima, a la ciudad de Madrid del Reino de España, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3066-2019-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE de fecha 15 de julio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme precisa el Oficio N° 7426-2019-SCGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público,