Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 25 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Modifican la Ordenanza N° 381/MDSM que regula la Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva con beneficios tributarios en el distrito de San Miguel
ORDENANZA Nº 389/MDSM San Miguel, 10 de julio de 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de concejo de fecha 28 de junio del presente año; VISTOS, el memorando Nº 952-2019-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº 192-2019GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, memorando Nº 322-2019-GFC/MDSM emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, constituye política de esta entidad municipal, brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de obligaciones de naturaleza tributaria; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece, que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, estando a lo expuesto por la Gerencia de Fiscalización y Control y con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante los documentos de vistos de la presente ordenanza y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 381/MDSM QUE REGULA LA CAMPAÑA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA MASIVA CON BENEFICIOS TRIBUTARIOS DENTRO DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- Modificar los artículos 5º y 7º de la Ordenanza Nº 381/MDSM de la siguiente manera: "Artículo 5º.- CONDONAR el 100% de todas las multas tributarias, que se generen por la actualización o registro de información derivados de la Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva. Siendo el periodo de acogimiento desde el 02 de mayo al 31 de octubre del 2019. Siempre y cuando se presente la declaración jurada con las diferencias acotadas por el procedimiento de fiscalización iniciado. Se condona adicionalmente los intereses moratorios y reajustes producto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales generados por el procedimiento de fiscalización, adicionalmente se otorgará un 50% de descuento sobre los Arbitrios Municipales de los años anteriores al ejercicio 2019, siempre y cuando se pague el 100% del monto insoluto de lo determinado por el procedimiento de fiscalización dentro del periodo de acogimiento.

"Artículo 7º.- Cumplido el primer párrafo del artículo 5º podrán acogerse al fraccionamiento regulado por la Ordenanza Nº 335/MDSM del monto determinado de impuesto predial y/o arbitrios establecido en la liquidación de deuda tributaria, producto de la fiscalización realizada, condonándose el 100% de los intereses moratorios y reajustes determinados. Artículo 2º.- PRECISAR que los contribuyentes que se encuentran inmersos dentro del artículo 3º de la Ordenanza Nº 381/MDSM podrán también acogerse de forma voluntaria a la Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva. Artículo 3º.- PRECISAR que la duración de la Campaña establecida en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 381/MDSM es hasta el 31 de octubre del 2019. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San Miguel la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1791494-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 279-2019-MDSMM Santa María del Mar, 29 de junio de 2019 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO: El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; asimismo, los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos